II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-21115)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de los Grupos I, II, III y IV, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 13 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 170850

1.4 Superarán el proceso selectivo aquellas personas aspirantes que hayan
obtenido la mayor puntuación en el concurso, sin que su número pueda ser superior al
de plazas convocadas para cada código de plaza.
1.5 Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubieran
superado serán contratadas como personal laboral fijo en los grupos y categorías que se
convocan.
1.6 Las funciones que, con carácter general, corresponden a las plazas en relación
con la categorías y grupos que se convocan; la jornada de trabajo y horario, así como las
retribuciones y demás derechos de contenido económico, se ajustarán a lo que
determine el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas
Andaluzas, así como lo determinado en las cláusulas que figuren en el contrato de
trabajo, todo esto en base a lo recogido en la Relación de Puestos de Trabajo de la
Universidad de Huelva.
1.7 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre en materia de incompatibilidades.
1.8 La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas
que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al
público en la página Web de la Unidad de Gestión de PAS de la Universidad de Huelva
(https://www.uhu.es/gestion-pas/).
1.9 Esta convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía»
y en el «Boletín Oficial del Estado», siendo la publicación en el «Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía», la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo de
plazos para presentación de instancias y el resto de resoluciones administrativas
derivadas de esta convocatoria.
2.

Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.2 Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación
forzosa.
2.3 Estar en posesión del título que se especifica en el Anexo I, según el grupo
profesional y categoría de la plaza convocada, así como acreditar la formación específica
exigida en su caso.
2.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias según
la categoría de la plaza convocada.
2.5 No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.6 No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a
Cuerpos o Escalas de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a.
En el caso de ser nacional de otro Estado, además, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.7 Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse
en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el
momento de la contratación.

cve: BOE-A-2022-21115
Verificable en https://www.boe.es

Para poder participar en el proceso selectivo las personas aspirantes deberán reunir
los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular, los siguientes: