I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Servicios públicos. (BOE-A-2022-21019)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 13 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 170538

9. Instalaciones ganaderas destinadas a la cría de ganado porcino, incluidos
los jabalíes, que superen 25 plazas para cerdos de cebo y 5 plazas para cerdas
reproductoras, no incluidos en los Anexos IV y V y que no precisen de
Autorización Ambiental Unificada o Integrada.
10. Proyectos de concentración parcelaria no incluidos en los Anexos IV y V.
Grupo 2.

Industria extractiva.

1. Explotaciones de recursos geológicos no incluidos en los Anexos IV y V.
2. Trabajos y permisos de investigación de recursos mineros cuando
supongan la apertura de un frente piloto.
Grupo 3. Industria energética e instalaciones para el transporte de materias
primas y productos.
a) Instalaciones para la producción de energía eléctrica (incluido
autoconsumo) a partir de la energía solar con una potencia instalada superior a 1
MW que se localicen en suelo rural y que no estén incluidas en los Anexos IV y V.
b) Instalación de líneas aéreas de energía eléctrica de alta tensión en suelo
rural que tengan una longitud igual o superior a 1000 metros, proyectos no
incluidos en los Anexos IV y V.
Grupo 4. Proyectos de caminos y carreteras.
a) Nuevas pistas forestales o caminos rurales y modificaciones en el trazado
de las existentes cuando su longitud exceda los 250 metros lineales.
b) Nuevas carreteras y modificaciones en el trazado de las existentes cuando
su longitud exceda a los 250 metros lineales, proyectos no incluidos en los
Anexos IV y V.
Grupo 5. Proyectos de ingeniería hidráulica y de gestión del agua.
Balsas, presas y otras instalaciones destinadas a retener agua, con capacidad
superior a 10.000 m3 ubicadas en suelo rural y fuera de dominio público hidráulico,
no incluidas en los Anexos IV y V.
Grupo 6. Otros proyectos y actividades.
1. Proyectos de restauración, acondicionamiento o relleno en una superficie
mayor de 10.000 m2 y/o con un volumen mayor de 20.000 m3 no incluidos en el
anexo IV y V.
2. Otras actividades que no estando sometidas a evaluación de impacto
ambiental de proyectos (Anexo IV, V y VI) precisen de comunicación ambiental
autonómica, siempre y cuando se desarrollen en suelo rural.
a) Estaciones depuradoras de aguas residuales no incluidas en el anexo IV

4. Almacenamiento para venta de productos petrolíferos, petroquímicos y
químicos, siempre y cuando se desarrollen en suelo rural, no incluidas en el
anexo IV y V y que no precisen de autorización ambiental unificada o integrada.
Nota: el fraccionamiento de proyectos de igual naturaleza y realizados en el
mismo espacio físico no impedirá la aplicación de los umbrales establecidos en los
Anexos IV, V y VI de la presente ley, a cuyos efectos se acumularán las
magnitudes o dimensiones de cada uno de los proyectos considerados.»

cve: BOE-A-2022-21019
Verificable en https://www.boe.es

y V.