I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Servicios públicos. (BOE-A-2022-21019)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 13 de diciembre de 2022

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pública e interés social, como la de urgencia de la ocupación, habrán de hacerse constar,
en cada caso concreto, en el decreto de calificación del Consejo de Gobierno.
d) En los casos que sea necesario, el establecimiento o ampliación de las
servidumbres de paso para vías de acceso, líneas de transporte y distribución de energía
y canalizaciones de líquidos o gases, detallados previamente en la propuesta, de
conformidad con la normativa aplicable.
e) Permitirá la concesión de forma directa de subvenciones a efectos de empleo, en
los términos previstos en el artículo 7 de esta Ley.
Artículo 4. Revocación de la calificación de proyecto empresarial de interés
autonómico.
La calificación de proyecto empresarial de interés autonómico será revocada cuando
concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Incumplimiento de las condiciones establecidas en la declaración de calificación.
b) Incumplimiento reiterado por el interesado de su deber de información a la
unidad de proyectos empresariales de interés autonómico sobre el desarrollo del
proyecto.
c) Inactividad del interesado por más de tres meses en cuanto a la realización de
trámites necesarios para la ejecución del proyecto.
d) Otras causas sobrevenidas que, a juicio del Comité de Seguimiento de
Inversiones, revelen la inviabilidad en el desarrollo del proyecto.
Artículo 5.

Unidad de proyectos empresariales de interés autonómico.

1. Mediante decreto se creará y regulará la unidad de proyectos empresariales de
interés autonómico.
2. Corresponderá a la unidad de proyectos empresariales de interés autonómico la
identificación, captación, información, acompañamiento y seguimiento técnico de los
citados proyectos y de su tramitación administrativa, en los términos previstos por la
normativa que le sea de aplicación y de acuerdo con las indicaciones del comité de
seguimiento de inversiones.
Artículo 6.

Comité de seguimiento de inversiones.

1. Se crea el comité de seguimiento de inversiones para la evaluación y
seguimiento de los proyectos empresariales de interés autonómico, adscrito a la
Consejería competente en materia de empresa. Este comité velará por el cumplimiento
de los plazos y efectos que conlleva esta calificación.
2. En el Decreto de calificación como proyecto empresarial de interés autonómico
se determinará la composición del comité de seguimiento de inversiones.

Se podrán otorgar subvenciones de concesión directa a los proyectos empresariales
calificados como proyectos empresariales de interés autonómico, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 2, para la contratación de personal y para la realización de
acciones formativas de los trabajadores vinculados al proyecto empresarial.
El otorgamiento de las subvenciones se realizará mediante la formalización de un
convenio entre la entidad concedente y los beneficiarios o mediante resolución, previa
solicitud de estos acompañada del correspondiente Plan de Actuaciones,
estableciéndose en el convenio o resolución las condiciones y compromisos aplicables,
de acuerdo con lo dispuesto en la presente norma, en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en la restante normativa
en materia de subvenciones que pudiera resultar de aplicación.

cve: BOE-A-2022-21019
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 7. Subvenciones a proyectos empresariales de interés autonómico a efectos de
empleo en la Comunidad Autonómica de Extremadura.