III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2022-20998)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Notariado, sobre utilización de la base de datos de Titulares Reales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 170320

ACUERDOS
Primero.
El Consorcio de la Zona Especial Canaria podrá acceder a la Base de Datos de
Titulares Reales del Consejo General del Notariado, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 8 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, el artículo 13 del Real Decreto 304/2014,
de 5 de mayo y el artículo 30 de la Directiva (UE) 2015/849 relativa a la prevención de la
utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del
terrorismo.
Segundo.
A los efectos de lo previsto en el apartado anterior, el Consorcio de la Zona Especial
Canaria proporcionará al Consejo General del Notariado la relación de personas que
podrán acceder a la mencionada información.
Tercero.
Las condiciones técnicas de acceso a la BDTR se decidirán en la Comisión Paritaria.
En todo caso deberán hacerse con las condiciones de seguridad exigidas para un nivel
alto de seguridad según la normativa española de Protección de Datos.
Cuarto.
La información obtenida de la BDTR será utilizada por el solicitante exclusivamente
para el cumplimiento de las funciones establecidas en su normativa de funcionamiento,
sin que pueda ser divulgada, utilizada para otros fines o transmitida a terceros sin
consentimiento expreso del Consejo General del Notariado. No se considerarán terceros
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la Fiscalías competentes en la materia.
Quinto.

– Determinar las condiciones técnicas de acceso a que se refiere la cláusula tercera
de este convenio;
– Proponer la realización de cuantas actividades vayan dirigidas a la ejecución del
objeto del presente convenio.
– Realizar el seguimiento de las actuaciones realizadas en ejecución de este
convenio.
– Estudiar y proponer, en su caso, las posibles revisiones de los compromisos
asumidos.
– Impulsar las funciones de coordinación entre las instituciones firmantes para la
más adecuada consecución de los objetivos del convenio.
– Interpretar el convenio y resolver cuantas dudas puedan surgir en su ejecución.

cve: BOE-A-2022-20998
Verificable en https://www.boe.es

El Consejo General del Notariado y el Consorcio de la Zona Especial Canaria
establecerán una Comisión Paritaria para el seguimiento de la aplicación del convenio, la
resolución de las incidencias que pudieran surgir en la aplicación del mismo, así como
para el análisis y, en su caso, proposición al Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital de medidas en el ámbito de prevención de blanqueo de capitales
y financiación del terrorismo al que se refiere el presente convenio.
Dicha Comisión se reunirá cuando así lo solicite cualquiera de las partes y estará
integrada por dos miembros por cada parte.
La Comisión podrá recabar informes sobre las medidas, resultados e incidencias que
se produzcan en relación con el objeto de este convenio y ejercerá las siguientes
funciones: