III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2022-20998)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Notariado, sobre utilización de la base de datos de Titulares Reales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022

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Quinto.
Que la Zona Especial Canaria es una ayuda de estado al funcionamiento autorizada
por la Comisión Europea, y como tal es un instrumento de política económica cuyos
beneficios fiscales se incluyen en el concepto de fondos o recursos económicos a los
que se refiere el artículo 2 del Reglamento (UE) número 269/2014 del Consejo, de 17 de
marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que
menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de
Ucrania. Es por ello que, el Consorcio de la ZEC en el desarrollo del procedimiento
previsto en el artículo 41 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, precisa de la información de
ciudadanos rusos que estén incluidos en la lista de embargos de la Unión Europea y que
soliciten la autorización previa e inscripción en el Registro Oficial de Entidades de la
Zona Especial Canaria, o estando inscritos en dicho registro este organismo precise la
previa revisión de oficio de la inscripción.
Sexto.
Que ambas partes son conscientes de la necesidad de establecer un marco de
colaboración con la finalidad de articular mecanismos de cesión de datos por parte del
Consejo General del Notariado en beneficio del interés general que tiene encomendado
el Consorcio de la Zona Especial Canaria en virtud del artículo 37.1 de la Ley 19/1994,
de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias en relación a
lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento (UE) número 269/2014 del Consejo, de 17
de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones
que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de
Ucrania.
Séptimo.
Que el Consejo General del Notariado, en el ejercicio de sus competencias ha
creado una Base de Datos de Titularidades Reales (en lo sucesivo, BDTR). La BDTR se
creó mediante Acuerdo del Consejo General del Notariado de 24 de marzo de 2012,
habiendo sido publicado tal fichero, en cumplimiento de la normativa de protección de
datos, en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de abril de 2012, siendo ulteriormente
inscrito en el Registro General de Protección de Datos el 11 de julio de 2012.
Octavo.
Que según el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales «El tratamiento de
datos personales solo podrá considerarse fundado en el cumplimiento de una misión
realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al
responsable, en los términos previstos en el artículo 6.1.e) del Reglamento (UE)
2016/679, cuando derive de una competencia atribuida por una norma con rango de
ley».

Que es deseo del Consejo General del Notariado dar acceso al Consorcio de la Zona
Especial Canaria a la referida base de datos (BDTR) de la que es titular en los términos
establecidos en el presente convenio.
Por ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por los
siguientes

cve: BOE-A-2022-20998
Verificable en https://www.boe.es

Noveno.