III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-20986)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Iznalloz, por la que se deniega la inscripción de la inmatriculación de una finca registral, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones contra la inscripción de la georreferenciación de la finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022

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superficie real de la finca sin invadir ninguna finca colindante; y por otro lado digo que en
dicho expediente catastral se le comunicó a todos los colindante sobre dicha alteración
catastral la cual no tuvo ninguna oposición de los vecinos colindantes. En base a ello se
realizó el documento público, mediante escritura pública de Adjudicación de Herencia
cuyo n.º de protocolo 1/2019 de 02-01-2019 y posterior escritura de rectificación y
complementaria de otras con número de protocolo 245 de 3 de febrero de 2022 del
Notario D.ª María Soledad Gila de la Puerta. Maracena; la cuyo documento es objeto de
inscripción en dicho Registro.
Tercera.–En base a todo lo expuesto en el apartado anterior, la Sra. Registradora del
Registro de la propiedad de Iznalloz, estima las alegaciones al considerar que la
representación gráfica que se pretende inscribir invade terrenos de la propiedad de D.ª
M. M. y deniega la inscripción de la representación gráfica de la finca objeto de
inscripción e inmatriculación del título presentado en base a que la representación
gráfica es presupuesto necesario para ello (…)
En su virtud,
Solicito a VI: Que teniendo por presentado este escrito, con sus copias, se sirva
admitirlo, tener por interpuesto recurso gubernativo ante la Dirección General de los
Registros y del Notariado; frente a notificación recibida el 04-08-2022, sobre la
denegación de inscribir el documento objeto de dicha notificación; previos los trámites
legales oportunos, se dicte resolución anulándolo por los motivos expuestos en este
escrito.»
IV
La registradora de la Propiedad emitió informe ratificando la calificación en todos sus
extremos y elevó el expediente a esta Dirección General.
Fundamentos de Derecho

1. Solicitada conforme al artículo 205 de la Ley Hipotecaria la inmatriculación de
una finca con su georreferenciación catastral, la registradora puso de manifiesto la
existencia de dudas de que la finca que se pretendía inmatricular invadiese otras ya
inscritas, y advirtió de que para disipar tales dudas procedería a la tramitación del
procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
Tramitado dicho procedimiento, durante el cual se presenta oposición por un
colindante catastral alegando que la cartografía catastral está desplazada e invade su
propiedad, la registradora finalmente deniega la inmatriculación pretendida al considerar
que la representación gráfica que se pretende inscribir invade terrenos propiedad de
quien formuló oposición.

cve: BOE-A-2022-20986
Verificable en https://www.boe.es

Vistos los artículos 9, 10, 198 199 y 205 de la Ley Hipotecaria; la Resolución de 23
de septiembre de 2020, conjunta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública y de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueban especificaciones
técnicas complementarias para la representación gráfica de las fincas sobre la
cartografía catastral y otros requisitos para el intercambio de información entre el
Catastro y el Registro de la Propiedad; las Resoluciones de la Dirección General de los
Registros y del Notariado de 27 de octubre de 1999, 5 de marzo de 2012, 19 de julio y 14
de noviembre de 2016, 1 de junio de 2017, 17 de enero, 6 de febrero, 16 de mayo, 20 de
julio, 27 de noviembre y 20 de diciembre de 2018 y 18 de febrero, 20 de marzo y 18 de
septiembre de 2019, y las Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y
Fe Pública de 11 de febrero, 11 de marzo, 16 y 21 de septiembre y 20 y 26 de noviembre
de 2020, 20 de enero, 1 de febrero, 5 y 13 de octubre, 2, 4, 22 y 29 de noviembre y 2,
13, 22 y 23 de diciembre de 2021 y 12 de enero, 23 de febrero, 1 y 15 de marzo, 4, 26 de
abril y 29 de abril, 12 de mayo, 1, 6, 8 y 10 de junio de 2022.