III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20893)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Verallia Spain, SA (fábricas).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296

Sábado 10 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 169716

4.1.4 Requiere cierto nivel de control funcional sobre operadores-as de los grupos
profesionales I, II y III, a nivel técnico.
4.1.5 Requiere mando y control jerárquico sobre operadores-as de su mismo taller
o departamento.
4.1.6 Requiere mando y control jerárquico sobre operadores-as de su equipo.
4.1.7 Requiere gestión, coordinación, mando y control jerárquico sobre operadoresas de su equipo y/o taller.
4.1.8 Implica la acción de mando jerárquico o funcional de uno o varios
departamentos con un importante volumen de medios técnicos y humanos.
4.2

Desarrollo de personas.

Excepcionalmente pueden existir perfiles funcionales que, sin implicar mando
jerárquico, en base a su especial cualificación técnica, sean determinantes en cuanto a
la formación práctica (en paralelo) y, por tanto, en el desarrollo y cualificación de las
funciones de perfiles inferiores.
Dicha circunstancia, entendida además como elemento motivador, será tenida en
cuenta en la ponderación de este Subfactor, valorando naturaleza del colectivo y n.º de
personas.
4.2.1 No requiere.
4.2.2 No requiere mando, si colaboración esporádica en formación.
4.2.3 No requiere mando, si colaboración habitual en formación.
4.2.4 No requiere mando, si colaboración continua en formación.
4.2.5 Requerir acciones de control o coordinación sobre la actividad de otros
trabajadores/as de otro área o departamento.
4.2.6 Aún no implicando mando directo, tienen un alto contenido de relación con
personas internas o externas a la propia organización.
4.2.7 Motiva y desarrolla al personal bajo su dependencia jerárquica. Con o sin
implicación de mando directa, coordina y controla las actividades del personal implicado
en su sección o proceso.
4.2.8 Motiva y desarrolla al personal bajo su dependencia jerárquica. Con o sin
implicación de mando directa, coordina y controla las actividades del personal implicado
en su sección o proceso.
5. Complejidad Técnica: Factor que tiene en cuenta la dificultad técnica de las
tareas a desarrollar y la frecuencia de las posibles incidencias. Así como el grado de
integración del resto de los factores.
Capacidad requerida al ocupante de un Perfil funcional para atender correlativa o
simultáneamente un mayor o menor número de tareas, integradas entre sí en mayor o
menor grado, sin pérdida de eficacia.

5.1 Trabajos con elevado grado de seguimiento y supervisión.
5.2 Trabajos de complejidad limitada que son realizados siguiendo procedimientos
sencillos, concretos y estandarizados. Actividades que pueden requerir esfuerzo físico y
atención.
5.3 Trabajos de control, regulación y/o ajuste de elementos de nuestro proceso
industrial que suponen un alto de grado de conocimiento vidriero para su desempeño y
que implican el control de proceso y el aseguramiento de la calidad.
5.4 Actividades complejas que se ejecutan siguiendo métodos o procedimientos no
totalmente predeterminados, que requieren de una especialización que implica iniciativa
y razonamiento en la ejecución.
5.5 Realiza funciones que suponen integrar, coordinar y supervisar la ejecución de
varias tareas homogéneas. Tiene un contenido medio de actividad intelectual.

cve: BOE-A-2022-20893
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