III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20893)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Verallia Spain, SA (fábricas).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296

Sábado 10 de diciembre de 2022
Artículo 81.

Sec. III. Pág. 169699

Clases particulares.

La ayuda de estudios puede alcanzar en las condiciones que se fijan a continuación
a algunas clases particulares o en academias, por considerar que tratándose de personal
que trabaja, puede estar justificada la necesidad de reforzar o preparar especialmente
algunas asignaturas.
El pago de esta ayuda, cuando se estime procedente, se realizará junto con la
segunda entrega de la ayuda para estudios, debiendo justificarse por el solicitante los
gastos de estas clases con los correspondientes recibos.
El importe de la ayuda por este concepto, será de 170,48 euros/año como máximo,
aplicándose los mismos porcentajes de reembolso que los señalados en el artículo
anterior (artículo 80), en función del número de asignaturas aprobadas.
Sección VI.
Artículo 82.

Plan de retribución flexible

Seguro médico.

La Empresa, a través de un Programa de retribución flexible, pondrá a disposición de
lo trasbajadores-as un Seguro Médico. Se trata de un Sistema de retribución
personalizado por el que cada empleado decide, voluntariamente, adherirse para que su
retribución se adapte a sus necesidades personales y familiares de cada momento.
Características: Es voluntario, flexible y modificable.
Cada año el partícipe podrá variar su decisión.
Ventajas:
– Ahorro fiscal: el coste del Plan tienen un tratamiento fiscal ventajoso, lo que
permitirá optimizar la retribución neta.
– Podrá disfrutar de las condiciones más ventajosas que puede conseguir la
Sociedad en la contratación colectiva de la póliza de salud para sus empleados frente a
la contratación individual.
– Contratación sencilla desde el puesto de trabajo o cualquier equipo informático con
conexión a internet.
Durante la vigencia del convenio, ambas partes acuerdan los siguientes porcentajes
de coparticipación:
– Aportación de la Empresa para el Seguro médico del trabajador:
Año 2022: 35%.
Año 2023: 45%.
Año 2024: 55%.
– Aportación de la Empresa para el Seguro médico de los familiares del trabajador
(según condiciones de la póliza):

Artículo 82 bis.

Seguro de ahorro.

Cada persona trabajadora de Verallia Spain podrá optar por percibir parte de su
salario mediante la realización, por la empresa, de una aportación fija mensual en la
cantidad que indique, a un seguro apto para la instrumentación de compromisos por
pensiones Por las características de la póliza, el importe de la aportación no estará
sujeto a tributación, hasta el momento del cobro de la prestación.
Las cantidades aportadas al seguro, no podrán en ningún caso ser rescatadas por la
Empresa, ni tan siquiera cuando la persona trabajadora causase baja en la misma.

cve: BOE-A-2022-20893
Verificable en https://www.boe.es

Año 2022: 25%.
Año 2023: 35%.
Año 2024: 45%.