III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20893)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Verallia Spain, SA (fábricas).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296

Sábado 10 de diciembre de 2022

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d) Se consideran Retribuciones Anuales Garantizadas para todo el personal mayor
de 18 años, que preste servicio durante todo el año cumpliendo el horario pactado, y de
acuerdo con el nivel de calificación que tenga asignado, las que figuran en el anexo I.
CAPÍTULO VI
Derechos sindicales
Artículo 54.
1)

Derechos sindicales.

Acumulación de tiempo por Licencia Sindical.

Cada sección sindical con representación en el Comité de Empresa de cada centro
de trabajo podrá optar por el uso individual de cada uno de sus miembros de horas de
permiso retribuido (licencia sindical) o por un sistema de acumulación mensual de uso
indistinto para, como máximo el 60% los miembros/as de dicha Sección Sindical, sin
rebasar el máximo total de horas disponibles para el conjunto de esta.
La propuesta deberá presentarse en Recursos Humanos del Centro con un mínimo
de 7 de días de antelación y venir avalada por la firma del delegado de la Sección
Sindical que la realice.
A los efectos oportunos, se precisa que no serán computables para los topes de
disponibilidad o acumulación de horas las que los Representantes en el Comité de
Empresa tengan que dedicar a:
– Reuniones solicitadas por la Dirección.
– Reuniones para la Negociación del convenio o la Comisión Mixta.
2)

Delegado Sindical en la Sociedad.

Las Organizaciones Sindicales legalmente establecidas que posean en el conjunto
de la Sociedad más del 15% de la totalidad de las personas que constituyen los distintos
Comités de Empresa, podrán nombrar un Delegado/a que represente a la Organización
ante la Sociedad Verallia Spain.
Designado el candidato/a, la empresa aceptará su nombramiento tan pronto como
sean acreditados los extremos que se indican.
Este Delegado/a Sindical dispondrá de un máximo de 10 días al año, en los que
devengará dietas y gastos de viaje, abonados por la empresa, cuando el cumplimiento
de sus funciones le exija el desplazamiento a alguno de los centros afectados por este
convenio.
Por lo que respecta al crédito horario, este Delegado/a Sindical dispondrá de un
máximo de 30 horas/mes para el desempeño de sus funciones (acumulables de forma
anual).
3)

De los Sindicatos.

a) Constituir Secciones sindicales, de conformidad con lo establecido en los
estatutos del sindicato.
b) Celebrar reuniones, previa notificación al empresario, recaudar cuotas y distribuir
información sindical, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de
la empresa.
c) Recibir la información que le remita el sindicato.

cve: BOE-A-2022-20893
Verificable en https://www.boe.es

I. Los trabajadores/as afiliados a un sindicato, podrán en el ámbito de la empresa o
centro de trabajo: