III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20893)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Verallia Spain, SA (fábricas).
63 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296
Sábado 10 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 169686
Objetivo idéntico para todos los Centros. 5%
Hasta 8 horas ausencia. 20 euros
35 euros
Mes
Ninguna hora ausencia.
70 euros
Mes
40 euros
3,5%- 5% Menor de 3,5%
% Absentismo
Si no se cumple objetivo pero se mejora el mes anterior:
Hasta 8 horas ausencia: 10 euros/mes.
Ninguna hora ausencia: 20 euros/mes.
Artículo 50.
Prima Variable Anual (PVA).
Se establece, para los años de vigencia del convenio, una Prima Variable Anual
(PVA) en función del nivel de resultados alcanzados por la Sociedad en el EBITDA, de
acuerdo con la siguiente escala:
Porcentaje cumplimiento. EBITDA/Presupuesto Porcentaje PVA
≤ 90
0
95
0,55
100
1,1
≥ 110
2,75
El porcentaje de PVA conseguido se aplicará directamente a cada nivel en la Tabla
de Retribución Garantizada, y será el importe a percibir, por cada trabajador/a, por este
concepto.
Esta prima anual se abonará al personal, afectado por el presente convenio, que está
en plantilla al 31 de diciembre, de cada año de vigencia; y al ser una retribución aplicable
al tiempo realmente trabajado y no consolidable, de los importes inicialmente asignados
se deducirán, en su caso, los tiempos de trabajo no prestados (I.T. enfermedad y
accidente; huelga; permisos; etc…).
Artículo 51.
Consolidación.
Si el EBITDA, en el año de vigencia del convenio, alcanza el 107% o más, del
EBITDA previsto en Presupuesto, se consolidará un 0,20% además del incremento anual
pactado, en la tabla de retribuciones garantizadas, del año siguiente.
Artículo 52.
Actualización y Revisión Salarial.
Año 2022: 4%.
Año 2023: 2,5%.
Año 2024: 2%.
Excepcionalmente se acuerdan, en cada uno de los años de vigencia del convenio,
los siguientes incrementos adicionales y no absorbibles por los incrementos
anteriormente definidos:
– Plus penosidad = +2%
– Complementos Turno Total y 2 turnos y Complemento personal Especialistas VF:
+1,5%
cve: BOE-A-2022-20893
Verificable en https://www.boe.es
Incremento salarial:
Núm. 296
Sábado 10 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 169686
Objetivo idéntico para todos los Centros. 5%
Hasta 8 horas ausencia. 20 euros
35 euros
Mes
Ninguna hora ausencia.
70 euros
Mes
40 euros
3,5%- 5% Menor de 3,5%
% Absentismo
Si no se cumple objetivo pero se mejora el mes anterior:
Hasta 8 horas ausencia: 10 euros/mes.
Ninguna hora ausencia: 20 euros/mes.
Artículo 50.
Prima Variable Anual (PVA).
Se establece, para los años de vigencia del convenio, una Prima Variable Anual
(PVA) en función del nivel de resultados alcanzados por la Sociedad en el EBITDA, de
acuerdo con la siguiente escala:
Porcentaje cumplimiento. EBITDA/Presupuesto Porcentaje PVA
≤ 90
0
95
0,55
100
1,1
≥ 110
2,75
El porcentaje de PVA conseguido se aplicará directamente a cada nivel en la Tabla
de Retribución Garantizada, y será el importe a percibir, por cada trabajador/a, por este
concepto.
Esta prima anual se abonará al personal, afectado por el presente convenio, que está
en plantilla al 31 de diciembre, de cada año de vigencia; y al ser una retribución aplicable
al tiempo realmente trabajado y no consolidable, de los importes inicialmente asignados
se deducirán, en su caso, los tiempos de trabajo no prestados (I.T. enfermedad y
accidente; huelga; permisos; etc…).
Artículo 51.
Consolidación.
Si el EBITDA, en el año de vigencia del convenio, alcanza el 107% o más, del
EBITDA previsto en Presupuesto, se consolidará un 0,20% además del incremento anual
pactado, en la tabla de retribuciones garantizadas, del año siguiente.
Artículo 52.
Actualización y Revisión Salarial.
Año 2022: 4%.
Año 2023: 2,5%.
Año 2024: 2%.
Excepcionalmente se acuerdan, en cada uno de los años de vigencia del convenio,
los siguientes incrementos adicionales y no absorbibles por los incrementos
anteriormente definidos:
– Plus penosidad = +2%
– Complementos Turno Total y 2 turnos y Complemento personal Especialistas VF:
+1,5%
cve: BOE-A-2022-20893
Verificable en https://www.boe.es
Incremento salarial: