III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20893)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Verallia Spain, SA (fábricas).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296

Sábado 10 de diciembre de 2022

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b) Remitir el estudio del caso al Comité Intercentros previsto en el artículo 55 de
este convenio.
El Comité Intercentros en la próxima inmediata reunión ordinaria conocerá y
estudiará los planteamientos hechos por la Dirección y en un plazo no superior a veinte
días laborables emitirá su informe, favorable o desfavorable a los planteamientos de la
Dirección, por escrito, a través de la Dirección de Recursos Humanos.
Debe entenderse que los 20 días de plazo para emitir el anterior informe no dan lugar
a 20 días de reunión de la Comisión Intersindical que tendrá una duración máxima de
dos días, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55 de este convenio.
En cualquier circunstancia, tanto si es a partir del informe favorable o desfavorable
que emita el Comité de Empresa del Centro, como si es después del informe ya sea
favorable o desfavorable de la Comisión Intersindical, la Dirección notificará a los
trabajadores/as afectados su decisión, de acuerdo con las Normas Legales en vigor.
Igualmente, se informará al Comité de Empresa.
c)

Otros turnos.

Es toda modalidad de jornada no definida en los apartados anteriores con sistemas
rotativos de mañana, tarde y/o noche, trabajando o no los domingos y festivos, con
descanso compensatorio, en su caso.
En esta modalidad, también se disfrutará de un descanso intermedio de quince
minutos, computable, a efectos retributivos, como de trabajo efectivo.
Artículo 33. Permisos y excedencias.
Los trabajadores/as afectados por el presente convenio, previo aviso y justificación,
podrán ausentarse del trabajo, desde el hecho causante, en los siguientes casos:
a) Permisos retribuidos.
Motivo del permiso

Días de permiso

Justificante a aportar

Matrimonio del trabajador/a 15 días naturales

Libro de Familia

Parejas de Hecho: Ante la evolución de la realidad social cambiante en materia
familiar, se reconocen los mismos permisos retribuidos que a continuación se
contemplan a las personas que no habiéndose casado, convivan en unión afectiva y
estable, previa justificación mediante certificado de inscripción en el correspondiente
registro oficial de parejas de hecho.
N.º días de permiso

Justificante a aportar

Matrimonio de padres, hijos/as y hermanos/as de 1 día natural coincidente con el día de la
ambos cónyuges.
celebración.

Documento acreditativo del hecho del
matrimonio y parentesco.

Fallecimiento del cónyuge.

5 días laborales.

Justificante del hecho.

Fallecimiento padres, hijos/as, abuelos/as,
nietos/as, y hermanos/as de ambos cónyuges.

3 días laborales (Ampliable a 4 o 5 si se requiere
viaje justificado a mas de 200 km o 500 km,
respectivamente).

Justificante del hecho incluyendo fecha y
parentesco.

Fallecimiento de cónyuges de hermanos/as del
trabajador/a y cónyuges de hijos/as del
trabajador/a.

2 días laborales (Ampliable a 3 o 4 si se requiere
viaje justificado a mas de 200 km o 500 km,
respectivamente).

Justificante del hecho incluyendo fecha y
parentesco.

1 día laboral (Ampliable a 2 o 3 si se requiere viaje
Fallecimiento de tios/as y sobrinos/as carnales de
justificado a mas de 200 km o 500 km,
cualquiera de los cónyuges.
respectivamente).

Justificante del hecho incluyendo fecha y
parentesco.

cve: BOE-A-2022-20893
Verificable en https://www.boe.es

Motivo de permiso