III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20786)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVII Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos y su personal.
70 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 8 de diciembre de 2022
13.º

Sec. III. Pág. 168897

Derechos de información en materia de contratación.

a) Por la ONCE se hará entrega, a los Comités de Empresa y delegados de
personal, así como a los delegados sindicales debidamente acreditados, de una «copia
básica» de todos los contratos por tiempo determinado que deban realizarse en el centro
de trabajo correspondiente, de conformidad con el artículo 8.3.a) del Estatuto de los
Trabajadores. Esta obligación sólo afecta a aquellos contratos para los que la Ley exige
imperativamente la forma escrita.
b) Asimismo, la ONCE notificará a los Comités de Empresa y delegados de
personal, así como a los delegados sindicales debidamente acreditados, las prórrogas y
las denuncias de todos los contratos a los que se refiere el punto a) de este artículo.
c) Con ocasión de la extinción del contrato de trabajo, la ONCE formalizará la
comunicación al trabajador en los términos previstos en el artículo 49.2 del Estatuto de
los Trabajadores.
14.º Propaganda e información a los trabajadores.
Los Comités de Empresa de centro podrán informar a sus representados sobre todos
los temas y cuestiones señalados en el Artículo 12.º de este anexo ("competencias"), en
cuanto directa o indirectamente puedan tener repercusión en las relaciones laborales, y
sin violar el deber de sigilo profesional. Para esta información se utilizarán los lugares
que se habiliten al efecto.
Los miembros de los Comités de Empresa podrán distribuir libremente todo tipo de
notas, publicaciones o propaganda propia de sus funciones y de las materias que les
competen. La distribución será responsabilidad del Comité, y deberá realizarse sin
afectar al desarrollo normal del trabajo, ni perturbar el desenvolvimiento del proceso
productivo.
15.º

Confección de propaganda.

Los responsables de la ONCE facilitarán la elaboración y confección de propaganda
directamente relacionada con los problemas que afecten al centro, permitiendo la
utilización de los materiales necesarios. Esta confección se realizará previa autorización
del responsable del centro, pudiendo arbitrarse, en los supuestos de reproducción un
sistema de talonarios. La ONCE facilitará la adaptación de este material a otros sistemas
de reproducción específica para ciegos.
El uso del material habrá de ser racional, en razón de las necesidades objetivas del
colectivo. A estos efectos, los presidentes o secretarios de los Comités elaborarán
trimestralmente, al menos, un informe sobre la utilización hecha del material facilitado, y
lo remitirán a los responsables de la ONCE en los respectivos centros.
Tablones de anuncios.

Habrán de existir en todos los centros de trabajo lugares adecuados para la
exposición, con carácter exclusivo, de cualquier anuncio o información que el Comité
estime pertinente. Las notas y comunicados del propio Comité de Empresa habrán de ir
firmados por el presidente o, en su caso, por el Secretario. Asimismo, se entregará una
copia al jefe de centro, previamente a su exposición en el tablón, en los casos de temas
que afecten directamente a la ONCE
La ubicación y características de los tablones de anuncios se fijarán de común
acuerdo entre el jefe de centro y el Comité de Empresa. Además, la ONCE y los Comités
acordarán la utilización de otros sistemas de publicidad que posibiliten el acceso, a esta
información, del personal invidente.
Los Comités de empresa contarán con un espacio propio reservado en Portalonce
para que publiquen y difundan sus notas y comunicaciones, espacio al que podrán
acceder los trabajadores. La actualización de los documentos integrados en Portalonce
se hará a través de los servicios designados por la empresa.

cve: BOE-A-2022-20786
Verificable en https://www.boe.es

16.º