III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20786)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVII Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos y su personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de diciembre de 2022

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necesario hasta que acredite la capacitación, responsabilidad y profesionalidad
adecuada, y en ningún caso podrá exceder de tres años de prestación laboral efectiva.
– Tramo de Desarrollo (senior), en el que se encuadra el personal que dispone de
todos los recursos y conocimientos necesarios para el óptimo desempeño de su puesto;
se alcanza normalmente desde el cuarto año de actividad. Para alcanzar el tramo de
desarrollo, los trabajadores y trabajadoras clasificados en el tramo inicial o junior tienen
derecho a acumular los periodos de servicios ya prestados a la ONCE, siempre que no
se hayan producido intervalos de inactividad superiores a seis meses consecutivos,
cualquiera que haya sido la causa de la misma.
3. La ONCE facilitará al personal clasificado en el tramo inicial o junior la formación
adecuada para adquirir la totalidad de los recursos y conocimientos exigibles para el
óptimo desempeño del tramo de desarrollo (senior), correspondiendo a la dirección de la
Entidad establecer el procedimiento y los requisitos para la acreditación de que ha
adquirido las habilidades necesarias para el adecuado desempeño de tales funciones.
Este procedimiento garantizará, en todo caso, la participación consultiva de los
representantes de los trabajadores y trabajadoras a través del Comité Intercentros.
Es voluntad de los negociadores del XVII Convenio Colectivo, que los trabajadores
junior alcancen el grado de desarrollo (senior), en el menor tiempo posible. Para ello la
ONCE analizará, a los dos años de contrato, la formación y capacitación profesional
alcanzada por cada trabajador en grado junior, con el fin de valorar, si procede, su
conversión a grado senior.
4. El personal encuadrado en el tramo inicial (junior) percibirá el salario base, y en
su caso el complemento de escala, establecido en su tabla salarial específica dentro del
anexo 2 de este convenio colectivo para su respectivo puesto de trabajo.
El personal encuadrado en el tramo de desarrollo (senior) percibirá el salario base, y
en su caso el complemento de escala, establecido en su tabla salarial específica dentro
del mismo anexo 2 para su respectivo puesto de trabajo.
En ningún caso la retribución total percibida por un trabajador clasificado en el tramo
inicial o junior podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada
momento.
5. Dentro de su política de fomento del empleo estable, la ONCE concertará al
menos dos mil quinientos nuevos contratos indefinidos durante los cuatro años de
vigencia del presente convenio colectivo.
Se dará la máxima prioridad a estos efectos a la contratación de personas con
discapacidad, a fin de facilitar su incorporación al mercado laboral, en las condiciones
legalmente establecidas en cada momento. En este sentido, al menos un noventa por
ciento de los nuevos contratos indefinidos que se formalicen durante la vigencia del
convenio lo serán con personas que tengan una discapacidad acreditada por la autoridad
competente.
Se informará por escrito al Comité Intercentros, con frecuencia trimestral, sobre la
evolución de estas contrataciones, a efectos de que dicho órgano representativo de los
trabajadores y trabajadoras de la ONCE pueda informar, a su vez, acerca de los términos
de cumplimiento del compromiso de fomento del empleo indefinido adquirido por la
Entidad.
Disposición adicional cuarta.

Cumplimiento de los principios de juego responsable.

La ONCE es un operador de juego de reconocido prestigio sujeto a un estricto control
público, y por ello, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de
regulación del juego, la ONCE es uno de los dos operadores para los que han quedado
reservadas las loterías de ámbito estatal.
Al amparo de dicha reserva, la ONCE comercializa productos de tres modalidades de
lotería de las que es titular: «Cupón de la ONCE», «Juego Activo de la ONCE» y
«Lotería Instantánea de boletos de la ONCE», y en su actuación está comprometida con
los principios de juego responsable que se derivan de la normativa española de juego y

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Núm. 294