III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20786)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVII Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos y su personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 8 de diciembre de 2022

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La ONCE determinará, de acuerdo con sus posibilidades, el momento, forma y lugar
de la formación antes señalada, y se deberá facilitar por medios propios o mediante
concierto con organismos o entidades especializadas en la materia, repitiéndose
periódicamente si fuera necesario.
El tiempo dedicado a la formación será considerado como tiempo de trabajo a todos
los efectos, y su coste no podrá recaer en ningún caso sobre los delegados de
prevención.
5. Para facilitar la asistencia de los delegados de prevención a las reuniones
convocadas formalmente por el Comité de Seguridad y Salud, se abonarán los gastos de
locomoción en transporte público, desde el centro de trabajo donde radica el delegado
de prevención hasta el centro donde dicho Comité tenga su sede.
El abono se hará, previa justificación, entregando los billetes o pasajes
correspondientes.
Artículo 85.

Comité Intercentros de Seguridad y Salud.

Se constituye el Comité Intercentros de Seguridad y Salud (CISS) como órgano
paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las
actuaciones de la ONCE en materia de prevención de riesgos laborales a nivel estatal.
El CISS contará con diez miembros. Formarán parte de él cinco representantes
elegidos por el Comité Intercentros, y cinco representantes de la ONCE.
Son competencias y facultades del CISS todas las recogidas en la Ley 31/1995, de 8
de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en el ámbito general de la ONCE, y
en particular las facultades que anteriormente ostentaba en esta materia el Comité
Intercentros de la ONCE, como:
– Consulta y participación en temas generales de prevención de riesgos laborales
que afectan a todos los trabajadores de ONCE (introducción de nuevos proyectos,
nuevas tecnologías, propuestas de mejora de las condiciones, etc.)
– Consulta y participación sobre documentación como el plan de prevención de
riesgos laborales, metodología utilizada para evaluar los riesgos laborales, diseño de
programas de monitoreo de salud adaptados a los riesgos detectados, planificación de la
actividad anual, informe anual de la revisión por la dirección en materia de PRL, informe
anual de accidentes, gestión realizada por las entidades especializadas con las que se
hayan concertado actividades preventivas, etc.
El CISS elaborará su propio reglamento de funcionamiento.
CAPÍTULO DECIMOCUARTO
Acción social

1. Se establece, con el fin de posibilitar el desarrollo de la acción social en la
ONCE, un fondo que se aplicará a los supuestos previstos en este capítulo.
2. Quedan comprendidas dentro del fondo de acción social todas las prestaciones
realizadas por la ONCE en favor de sus trabajadores y familiares, en su caso, así como
todas las mejoras, ventajas y ayudas sociales reguladas en este convenio y en la
normativa interna de desarrollo. Estas prestaciones serán tenidas en cuenta a fin de
definir el alcance de los incrementos retributivos en cada año.
Artículo 87.

Presente navideño.

En la paga extraordinaria del mes de diciembre se abonará una gratificación en
concepto de Presente Navideño, de acuerdo con lo siguiente:
1.

La gratificación será lineal, por un importe de treinta euros por trabajador.

cve: BOE-A-2022-20786
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 86. Fondo de acción social.