III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20784)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo sectorial estatal de marcas de restauración moderna.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 8 de diciembre de 2022

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enero del 2022, salvo en aquellas materias para las que en su articulado se establezca
otro plazo de aplicación diferente.
La vigencia del presente convenio colectivo finalizará el 31 de diciembre de 2025,
salvo que la Comisión de Negociación Permanente prevista en este convenio, acuerde
expresamente la prórroga de su contenido.
La negociación de dicho acuerdo de prórroga deberá llevarse a cabo en el seno de la
referida comisión durante el año 2025.
b.

Denuncia:

De no alcanzarse un acuerdo sobre la prórroga del presente convenio colectivo,
cualquiera de las partes legitimadas con un mes de antelación a la fecha prevista de
finalización de su vigencia podrá denunciarlo sin más requisito que la obligación de
comunicárselo a la otra parte de modo escrito. Denunciado el convenio se estará, para la
constitución de la comisión negociadora, a lo previsto en el artículo 89.2 ET.
Las condiciones pactadas en el presente convenio colectivo subsistirán en todo caso,
hasta su sustitución por un nuevo convenio colectivo.
En caso de que no exista denuncia del convenio colectivo el mismo se prorrogará de
año en año.
Artículo 4.

Reglas de concurrencia y jerarquía de normas.

1. Por lo dispuesto por el Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería vigente.
2. Por las condiciones fijadas entre las partes en el presente convenio colectivo
sectorial, siendo prioritario en las materias concretas tratadas en el presente ámbito
negocial frente a cualquier otro, salvo en aquellas materias reservadas por el Acuerdo
Laboral Estatal de Hostelería vigente a la entrada en vigor del presente convenio
colectivo sectorial, sin perjuicio de lo establecido a estos efectos en el artículo 84.2 del
Estatuto de los Trabajadores.
Las organizaciones firmantes se comprometen a no crear nuevos ámbitos
autonómicos o provinciales específicos, salvo acuerdo en el seno de la Comisión
paritaria de este convenio.
Conforme a la aplicación de la DT 6.ª del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en

cve: BOE-A-2022-20784
Verificable en https://www.boe.es

I. Las empresas y/o grupos de empresa que se encuentren dentro del ámbito
funcional del presente convenio, y cuenten a la entrada en vigor del presente convenio
colectivo con centros de trabajo ubicados en territorios donde exista un convenio
colectivo concurrente de ámbito sectorial más genérico y territorial inferior al estatal,
aplicarán en los citados territorios el presente convenio colectivo al finalizar la vigencia
expresa de los mismos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 83.2 del Estatuto de los
Trabajadores se podrá anticipar mediante acuerdo la aplicación del presente convenio
colectivo en aquellos centros de trabajo que estén afectados por un convenio colectivo
concurrente de ámbito sectorial más genérico y territorial inferior al estatal.
II. Los derechos y obligaciones derivados de las relaciones laborales en el ámbito
de aplicación del presente convenio, respetando el contenido del artículo 3.º del Estatuto
de los Trabajadores, se regularán por lo previsto en el presente Convenio Colectivo
Sectorial Estatal, como elemento homogeneizador y norma mínima de las condiciones
de trabajo en el sector en todo el territorio nacional en aquellas materias no previstas en
el artículo 84.2 del Estatuto de los Trabajadores.
En consecuencia, y, al objeto de establecer en su ámbito, una estructura racional y
homogénea, evitando los efectos de la desarticulación y dispersión, las partes firmantes,
acuerdan que la estructura de la negociación colectiva en el sector Estatal de Marcas de
Restauración, establecida en desarrollo de lo dispuesto el artículo 10 del V Acuerdo
Laboral Estatal del ámbito de la Hostelería, quede integrada por: