III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-20787)
Orden ICT/1224/2022, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para impulso del ecosistema emprendedor innovador nacional dentro del Programa Impulso del Ecosistema Emprendedor Innovador, y se efectúa la convocatoria para actuaciones realizadas o a realizar en 2022 y 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de diciembre de 2022

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Por su parte, con carácter general, la competencia para posteriores convocatorias,
con fondos que en el futuro puedan provenir de Estado y/o comunidades autónomas y
para la concesión de las subvenciones recaería en la Dirección General de la Fundación
EOI, en virtud de lo dispuesto en la citada disposición adicional decimosexta de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en la Orden ICT/1291/2018, de 27 de
noviembre, por la que se autoriza a la Fundación EOI, FSP, a conceder subvenciones.
Las ayudas serán gestionadas por la Fundación EOI, incluyendo la concesión, el
seguimiento, resolución y justificación. En su caso, la declaración de procedencia de
reintegro, así como la instrucción del procedimiento sancionador se realizarán por el
órgano que corresponda del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en
cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional decimosexta de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
IV
La presente orden se estructura en tres capítulos que, de conformidad con el
artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, contienen tanto las bases
reguladoras (los dos primeros), como la primera convocatoria de subvenciones (el
tercero), este último con rango no reglamentario.
En cumplimiento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de su Reglamento,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en particular del artículo 17.3, las
bases reguladoras que se establecen en esta orden ministerial se estructuran en tres
capítulos, correspondiendo los dos primeros a las bases reguladoras. El primer capítulo
recoge disposiciones de carácter general. El capítulo segundo, define el procedimiento
de concesión y gestión de las ayudas. El tercer capítulo corresponde a la convocatoria
para eventos de emprendimiento innovador realizados o a realizar en 2022 y 2023. Por
último, se incluyen tres disposiciones finales, sobre el título competencial, el rango no
reglamentario de la convocatoria y la entrada en vigor.
Esta orden cumple con los principios de buena regulación, de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia previstos en el
artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Así, se atiende a los principios de necesidad y eficacia, al estar la iniciativa normativa
justificada en el marco del apoyo al emprendimiento, contribuyendo al desarrollo
empresarial y al incremento de la competitividad y productividad, lo que repercutirá en
beneficio de la sociedad.
De la misma manera, en cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma se
limita a la regulación imprescindible para el establecimiento de las bases reguladoras.
En virtud del principio de seguridad jurídica, esta orden es coherente con el conjunto
del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido en
cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, así
como la participación de los organismos competentes en su proceso de tramitación.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta orden, estableciendo
criterios objetivos y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de las
subvenciones, persigue una correcta utilización de los recursos públicos.
En la elaboración de esta orden se ha tenido en cuenta la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se
establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades
del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de
hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En relación con la tramitación de esta orden, resulta de aplicación lo establecido en
el capítulo V de título IV del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por lo que, en
virtud del artículo 61.1 se tramitan las bases reguladoras y primera convocatoria de

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