III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-20787)
Orden ICT/1224/2022, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para impulso del ecosistema emprendedor innovador nacional dentro del Programa Impulso del Ecosistema Emprendedor Innovador, y se efectúa la convocatoria para actuaciones realizadas o a realizar en 2022 y 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 8 de diciembre de 2022
Artículo 20.

Sec. III. Pág. 168932

Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención.

1. Se considerarán, los siguientes criterios objetivos de otorgamiento de la
subvención:
a) Relativos a la entidad solicitante (máximo 20 por ciento de la valoración). Se
valorará:
a.1) Capacidad para el desarrollo de las actividades en cuanto a recursos humanos
y económicos de que disponga y que se dediquen a las actividades propuestas.
a.2) Impacto socioeconómico y medioambiental de la entidad, teniendo en cuenta
las medidas propias que tenga implantada, entre otras, las que garantice la igualdad de
género, la inclusión social, la igualdad de oportunidades para las personas con
discapacidad o la sostenibilidad.
a.3) Experiencia previa de la entidad solicitante en dinamización del ecosistema
emprendedor.
a.4) Experiencia en la realización de actividades para emprendedores.
b) Relativos a la actividad propuesta (máximo 50 por ciento de la valoración). Se
valorará:
b.1) Participación del ecosistema emprendedor atendiendo al número de actores
que incorpore, públicos o privados.
b.2) Ámbito de actuación atendiendo a la internacionalización o no del evento y su
capacidad de impacto fuera de la región en que se realice.
b.3) Distribución temporal del evento propuesto y antigüedad acreditada de la
realización con éxito de ediciones similares, así como la duración de la actividad
propuesta.
b.4) Destinatarios atendiendo al perfil al que esté orientada la actividad, la
internacionalidad de los asistentes, así como el número de participantes estimado.
b.5) Participación de entidades públicas o privadas, internacionales, nacionales,
regionales o locales que se involucren en la realización del evento.
b.6) Sostenibilidad, entendiendo por ello propuestas en la que se diseñe, organice y
planifique el desarrollo del evento de manera que se minimicen los potenciales impactos
negativos ambientales y que se deje un legado beneficioso.
b.7) Impacto económico, atendiendo a la definición del presupuesto de las
actividades propuestas en la medida en que puedan significar mayor impacto en riqueza
en la región propuesta y mayor envergadura y repercusión.
b.8) Gratuidad de las actividades propuestas en el evento.

c.1) Calidad de las actividades propuestas, teniendo en cuenta la definición y
contribución a los objetivos perseguidos.
c.2) Especialización de la temática, atendiendo a la mayor adecuación a la
Estrategia España Nación Emprendedora (ENE).
c.3) Actuaciones en materia de igualdad (género, socioeconómica, territorial,
generacional…).
c.4) Presencia de ámbito internacional ya sea en los ponentes, actores destacados, etc.
c.5) Sensibilización para población en general.
2. Cada convocatoria incluirá el detalle de los criterios objetivos de valoración con
el fin de baremar las solicitudes de subvención y resolver las convocatorias con
transparencia y equidad y de acuerdo con la estrategia, objetivos y prioridades definidos
en cada convocatoria.
3. En cada convocatoria se establecerá un umbral de puntuación mínima para
resultar beneficiario con objeto de asegurar una calidad adecuada de las actividades.

cve: BOE-A-2022-20787
Verificable en https://www.boe.es

c) Relativos al contenidos de la actividad propuesta (máximo 30 por ciento de la
valoración). Se valorará: