III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20697)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Prisa Radio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 7 de diciembre de 2022

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son: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergometría y Psicosociología aplicada
y Medicina en el Trabajo.
Dichas especialidades serán desarrolladas por expertos con la capacitación
requerida para las funciones a desarrollar, según lo establecido en el capítulo VI del
R.D. 39/1997.
Aquellas especialidades que no sean asumidas a través del Servicio de Prevención
propio serán concertadas con un servicio de prevención ajeno.
2. Comité de Seguridad y Salud: Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en
todos los centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores, formado por los
Delegados de Prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes, en
número igual al de los Delegados de Prevención, de la otra.
El Comité se reunirá trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las
representaciones en el mismo. El Comité adoptará sus propias normas de
funcionamiento.
Las competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud son las que se
establecen en el artículo 39 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de
Riesgos Laborales. Y son:
Competencias:
a) Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y
programas de prevención de riesgos en la Empresa. A tal efecto en su seno se
debatirán, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la
prevención de riesgos, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo
e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de
protección y prevención, y proyecto y organización de la formación en materia
preventiva.
b) Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención
de los riesgos, proponiendo a la Empresa la mejora de las condiciones, o la corrección
de las deficiencias existentes.
Facultades:

3. Evaluación de Riesgos: La acción preventiva en la Empresa se planificará a
partir de una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los
trabajadores, que se realizará con carácter general en todos los puestos de trabajo del
Grupo.
A partir de dicha evaluación inicial, se volverán a evaluar los puestos de trabajo que
puedan verse afectados por un cambio en las condiciones de trabajo.
4. Equipos de Protección Individual: La Empresa proporcionará equipos de
protección individual adecuados y velará por el uso efectivo de los mismos, cuando a
partir de la evaluación de riesgos se considere necesario.
Estos equipos de protección individual serán elegidos con la aprobación de los
Delegados de Prevención.
5. Formación de los Delegados de Prevención: Los Delegados de Prevención
recibirán formación adecuada que les permita desarrollar las funciones asignadas.

cve: BOE-A-2022-20697
Verificable en https://www.boe.es

a) Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro
de trabajo, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.
b) Conocer cuántos documentos, e informes, relativos a las condiciones de trabajo
sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la
actividad del servicio de prevención, en su caso.
c) Conocer y analizar los daños producidos en la salud, o en la integridad física de
los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas
oportunas.
d) Conocer e informar la memoria y programación anual de servicios de prevención.