III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20697)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Prisa Radio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 7 de diciembre de 2022

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Sin embargo, cuando por conveniencia del interesado, previo acuerdo con su jefe
inmediato, las vacaciones anuales no coincidan en todo, o en parte, con las reiteradas
fechas, esta circunstancia no dará derecho a percibir compensación alguna.
Las vacaciones anuales retribuidas no serán sustituibles por compensación
económica, salvo cuando el trabajador cese en la Empresa durante el transcurso del
año, circunstancia que dará derecho a percibir el importe correspondiente a la parte
proporcional de vacaciones devengadas y no disfrutadas, computándose como mes
completo la fracción del mismo.
No se podrá descontar del periodo anual de vacaciones cualquier permiso que por la
empresa pudiera haberse concedido, así como el tiempo en que el trabajador haya
podido estar de baja en el servicio activo por enfermedad o accidente.
La fecha del disfrute de las vacaciones anuales se determinará de común acuerdo,
sin que pueda fijarse unilateralmente alegando falta de acuerdo. El calendario
vacacional, se configurará dentro de cada área, servicio, o emisora, con dos meses de
antelación al inicio del periodo de vacaciones anuales.
Para la elección por parte de los empleados del periodo de vacaciones se seguirá en
cada servicio, o dependencia, un riguroso orden de antigüedad, y en el caso de igualdad
de aquella, tendrá preferencia el de mayor edad. Aquellos que tengan hijos en edad
escolar tendrán preferencia a que las suyas coincidan con los periodos de vacaciones
escolares. Los que tengan familiares, cónyuge o pareja de hecho legalmente registrada,
que trabajen en la misma o distinta actividad para que se haga posible el disfrute
simultáneo de las vacaciones. En ningún caso se podrá variar el turno de vacaciones
establecido, salvo por necesidad ineludible del servicio.
Artículo 37.

Horas extraordinarias.

Tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se
realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo y se abonarán con
el 75 % de incremento sobre el precio de la hora normal de trabajo, o se compensarán
con un periodo de descanso equivalente dentro de los cuatro meses siguientes a su
realización.
El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a ochenta al año, salvo lo
previsto en el párrafo siguiente de este artículo.
No se tendrá en cuenta, a efectos de la duración máxima de la jornada ordinaria
laboral, ni para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias autorizadas,
el exceso de las trabajadas para prevenir o reparar siniestros, u otros daños
extraordinarios y urgentes, sin perjuicio de su abono como si se tratase de horas
extraordinarias.
La prestación de horas extraordinarias será voluntaria, salvo que el interesado
tuviese asignados complementos salariales que impliquen la realización de trabajos
extraordinarios, cuando las necesidades de servicio así lo exijan.
CAPÍTULO IX

En el seno del Grupo Prisa Radio, se crea la Comisión de Igualdad.
El Plan de Igualdad, a cuya negociación quedan ambas partes comprometidas, tiene
por finalidad integrar y mejorar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y
hombres en el Prisa Radio, y será objeto de registro y aplicación en los términos
legalmente previstos.
Artículo 38.

Reducciones de Jornada por motivos familiares.

a) Por guarda legal de menor: Quien por motivos de guarda legal tenga a su
cuidado directo algún menor de 12 años, o a una persona con discapacidad que no

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