III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-20700)
Orden TED/1211/2022, de 1 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de diciembre de 2022

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V
Las bases reguladoras de las ayudas incluidas en el ámbito de aplicación de esta
orden incorporan las previsiones, garantías y controles contenidos en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las de su Reglamento de
desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Todas
las solicitudes de ayuda en el ámbito de esta convocatoria están sometidas al
procedimiento ordinario de concesión en régimen de concurrencia competitiva y a las
normas de procedimiento definidas en dicha normativa.
El artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que, en el ámbito de
la Administración General del Estado, así como de los organismos públicos y restantes
entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes
de aquélla, los ministros correspondientes establecerán las oportunas bases reguladoras
de la concesión de las subvenciones.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, la gestión de las ayudas se realizará por medio de entidad colaboradora y de
acuerdo con las obligaciones y requisitos establecidos en los artículos 13, 15, 16
y 17.3.c) de dicha ley.
Las funciones a desempeñar por la entidad colaboradora vienen especificadas en el
convenio suscrito entre el MITECO y la misma, sin que abarquen la entrega y
distribución de fondos a las entidades beneficiarias de las ayudas. En dicho convenio, se
establecen las obligaciones y condiciones que asumirá cada una de las partes, en base
a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
VI
En atención a la necesaria urgencia para otorgar ayudas en el marco de los fondos
europeos «Next Generation EU» y de conformidad con el artículo 61 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, esta orden incorpora tanto las bases
reguladoras como la convocatoria de subvenciones para el impulso de la economía
circular en la empresa.
La orden se estructura en dos capítulos, en los que se integra un total de 41 artículos
y siete anexos a la convocatoria. En el primer capítulo figuran las bases reguladoras para
la concesión de ayudas al impulso de la economía circular en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el contenido básico que regula el
artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Por su parte, el segundo capítulo
establece la convocatoria de las subvenciones para el año 2022 con los aspectos que
regula el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La orden se completa con una disposición adicional sobre la comisión de
evaluación y cuatro disposiciones finales, sobre los títulos competenciales, el rango
reglamentario de la convocatoria contenida en su capítulo II, la normativa aplicable y
la entrada en vigor de la norma.
Por su parte, los siete anexos, contemplan, en primer lugar, el contenido mínimo de
la solicitud y memoria descriptiva de las actuaciones. En el anexo II, se recoge el modelo
de declaración responsable de no causar perjuicio significativo a los seis objetivos de
medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de
un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento
(UE) 2019/2088. Por su parte, en el tercer anexo, se detallan los criterios de evaluación
de las solicitudes. El anexo IV contiene un modelo de declaración responsable para las
entidades que hayan de cumplir los requisitos establecidos en el artículo 3.1.c) para ser
considerada start-up y el anexo V recoge un modelo de declaración responsable de
obtención de financiación por parte del solicitante de otros programas de ayuda. Por su

cve: BOE-A-2022-20700
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Núm. 293