III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-20700)
Orden TED/1211/2022, de 1 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Miércoles 7 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 168109
Disposición adicional única. No incremento del gasto público en el funcionamiento de la
Comisión de Evaluación.
El funcionamiento de la Comisión de Evaluación será atendido con los medios
personales, técnicos y presupuestarios asignados a la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia sobre bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica y del 149.1.23.ª de la
Constitución Española que atribuye al Estado la competencia sobre la legislación básica
sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades
Autónomas de establecer normas adicionales de protección.
Disposición final segunda.
Convocatoria.
Los apartados de esta orden referidos exclusivamente a la convocatoria, incluidos en
el capítulo II, cuyo contenido coincide con lo reflejado en el artículo 23.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no tienen rango reglamentario.
Normativa aplicable.
1. En todo lo no previsto en esta orden será de aplicación lo establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento, así como en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en el Reglamento de desarrollo
parcial de la Ley 11/2007, de 22 de junio, aprobado por Real Decreto 1671/2009, de 6 de
noviembre, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
También será de aplicación a las ayudas reguladas en la presente orden, el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En especial, resultará de
aplicación lo dispuesto en la disposición final sexta por la que se modifica la Ley 42/2007,
de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad a fin de crear el FRER y su
normativa de desarrollo, el Real Decreto 690/2021, de 3 de agosto, por el que se regula el
Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia, F.C.P.J., así como lo establecido en la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en la Orden HFP/1031/2021, de 29
de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de
las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
De igual forma será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014, para el caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren contratos
que deban someterse a esta ley.
2. Asimismo, resultan aplicables a estas ayudas el Reglamento (UE)
número 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un
Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la
crisis de la COVID-19, y el Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, así como el resto de normas de la Unión Europea sobre la
materia y estatales de desarrollo o transposición de aquellas.
cve: BOE-A-2022-20700
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final tercera.
Núm. 293
Miércoles 7 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 168109
Disposición adicional única. No incremento del gasto público en el funcionamiento de la
Comisión de Evaluación.
El funcionamiento de la Comisión de Evaluación será atendido con los medios
personales, técnicos y presupuestarios asignados a la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia sobre bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica y del 149.1.23.ª de la
Constitución Española que atribuye al Estado la competencia sobre la legislación básica
sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades
Autónomas de establecer normas adicionales de protección.
Disposición final segunda.
Convocatoria.
Los apartados de esta orden referidos exclusivamente a la convocatoria, incluidos en
el capítulo II, cuyo contenido coincide con lo reflejado en el artículo 23.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no tienen rango reglamentario.
Normativa aplicable.
1. En todo lo no previsto en esta orden será de aplicación lo establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento, así como en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en el Reglamento de desarrollo
parcial de la Ley 11/2007, de 22 de junio, aprobado por Real Decreto 1671/2009, de 6 de
noviembre, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
También será de aplicación a las ayudas reguladas en la presente orden, el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En especial, resultará de
aplicación lo dispuesto en la disposición final sexta por la que se modifica la Ley 42/2007,
de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad a fin de crear el FRER y su
normativa de desarrollo, el Real Decreto 690/2021, de 3 de agosto, por el que se regula el
Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia, F.C.P.J., así como lo establecido en la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en la Orden HFP/1031/2021, de 29
de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de
las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
De igual forma será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014, para el caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren contratos
que deban someterse a esta ley.
2. Asimismo, resultan aplicables a estas ayudas el Reglamento (UE)
número 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un
Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la
crisis de la COVID-19, y el Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, así como el resto de normas de la Unión Europea sobre la
materia y estatales de desarrollo o transposición de aquellas.
cve: BOE-A-2022-20700
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final tercera.