III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-20700)
Orden TED/1211/2022, de 1 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Miércoles 7 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 168099
diseño del producto con el fin de mejorar su comportamiento medioambiental a lo largo
de todo su ciclo de vida.
c)
Mejora de la gestión de residuos:
1.º Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos que
permita incrementar y optimizar la obtención de material para el reciclado de calidad,
generando nuevas materias primas que se usen en nuevos productos (se excluye el uso
para combustibles).
2.º Inversiones en sistemas e infraestructuras que impulsen la preparación para la
reutilización.
No serán subvencionables aquellas actuaciones destinadas al tratamiento y
regeneración de aguas residuales.
d) Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas que,
en base a los sistemas de información, plataformas, servicios de internet de las cosas,
big data, redes de conectividad, inteligencia artificial, impresión 3D y/o tecnología
blockchain, permita:
1.º La trazabilidad de productos, sustancias, materiales y residuos para el control y
seguimiento con la finalidad de alcanzar productos seguros e incrementar el volumen de
reciclaje de alta calidad que incluya información sobre la tipología y características de los
materiales, sustancias peligrosas y extremadamente peligrosas, materias primas
fundamentales y metales críticos definidos en el anexo III de esta convocatoria.
2.º Nuevos modelos de negocio basados en la digitalización como instrumento para
la servitización que favorezcan la eficiencia del uso de los recursos y reduzca la
generación de residuos.
3.º Servicios de retorno de productos usados con el fin de reutilizarlos,
remanufacturarlos o reciclarlos.
4.º Servicios basados en el uso de la tecnología de impresión 3D con el objeto de,
por un lado, prevenir la generación de residuos por medio de un ajuste del volumen de
materiales necesarios durante el proceso de fabricación, evitando así sobrantes o
recortes, y por otro, para reproducir piezas de repuestos que ya no se comercializan
contribuyendo al incremento de la reparación y a la lucha contra la obsolescencia.
2. Las actuaciones no podrán ser objeto de división artificial en diferentes
actuaciones o proyectos de inversión para el incremento del importe de subvención.
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en el artículo 7 de la
Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022, y en el artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la
financiación correspondiente a estas ayudas está legalmente afectada a financiar los
proyectos o líneas de acción que se integren dentro del Plan de Recuperación.
Dotación de la convocatoria.
1. Esta convocatoria está dotada con una cuantía inicial de ciento noventa y dos
millones de euros (192.000.000 euros) con cargo al presupuesto del Fondo de
Restauración Ecológica y Resiliencia (en adelante FRER).
Previamente, y de conformidad con el Real Decreto 690/2021, de 3 de agosto, por el
que se regula el Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia, F.C.P.J., en 2021, se
había transferido al FRER la cantidad de 83.250.000 euros desde la aplicación
presupuestaria 23.50.450F.745 «Aportación al FRER para Estrategia de Economía
Circular». Y en 2022, se hizo una transferencia por la cantidad restante, desde la
aplicación 23.50.450F.745.02 «Aportación al FRER para Estrategia de Economía
Circular», para cubrir el importe total de la presente convocatoria.
cve: BOE-A-2022-20700
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 31.
Núm. 293
Miércoles 7 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 168099
diseño del producto con el fin de mejorar su comportamiento medioambiental a lo largo
de todo su ciclo de vida.
c)
Mejora de la gestión de residuos:
1.º Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos que
permita incrementar y optimizar la obtención de material para el reciclado de calidad,
generando nuevas materias primas que se usen en nuevos productos (se excluye el uso
para combustibles).
2.º Inversiones en sistemas e infraestructuras que impulsen la preparación para la
reutilización.
No serán subvencionables aquellas actuaciones destinadas al tratamiento y
regeneración de aguas residuales.
d) Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas que,
en base a los sistemas de información, plataformas, servicios de internet de las cosas,
big data, redes de conectividad, inteligencia artificial, impresión 3D y/o tecnología
blockchain, permita:
1.º La trazabilidad de productos, sustancias, materiales y residuos para el control y
seguimiento con la finalidad de alcanzar productos seguros e incrementar el volumen de
reciclaje de alta calidad que incluya información sobre la tipología y características de los
materiales, sustancias peligrosas y extremadamente peligrosas, materias primas
fundamentales y metales críticos definidos en el anexo III de esta convocatoria.
2.º Nuevos modelos de negocio basados en la digitalización como instrumento para
la servitización que favorezcan la eficiencia del uso de los recursos y reduzca la
generación de residuos.
3.º Servicios de retorno de productos usados con el fin de reutilizarlos,
remanufacturarlos o reciclarlos.
4.º Servicios basados en el uso de la tecnología de impresión 3D con el objeto de,
por un lado, prevenir la generación de residuos por medio de un ajuste del volumen de
materiales necesarios durante el proceso de fabricación, evitando así sobrantes o
recortes, y por otro, para reproducir piezas de repuestos que ya no se comercializan
contribuyendo al incremento de la reparación y a la lucha contra la obsolescencia.
2. Las actuaciones no podrán ser objeto de división artificial en diferentes
actuaciones o proyectos de inversión para el incremento del importe de subvención.
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en el artículo 7 de la
Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022, y en el artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la
financiación correspondiente a estas ayudas está legalmente afectada a financiar los
proyectos o líneas de acción que se integren dentro del Plan de Recuperación.
Dotación de la convocatoria.
1. Esta convocatoria está dotada con una cuantía inicial de ciento noventa y dos
millones de euros (192.000.000 euros) con cargo al presupuesto del Fondo de
Restauración Ecológica y Resiliencia (en adelante FRER).
Previamente, y de conformidad con el Real Decreto 690/2021, de 3 de agosto, por el
que se regula el Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia, F.C.P.J., en 2021, se
había transferido al FRER la cantidad de 83.250.000 euros desde la aplicación
presupuestaria 23.50.450F.745 «Aportación al FRER para Estrategia de Economía
Circular». Y en 2022, se hizo una transferencia por la cantidad restante, desde la
aplicación 23.50.450F.745.02 «Aportación al FRER para Estrategia de Economía
Circular», para cubrir el importe total de la presente convocatoria.
cve: BOE-A-2022-20700
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 31.