III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-20642)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Línea de alta tensión 45 kV para suministro eléctrico a la estación de bombeo del regadío de Fuentes de Ebro (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de diciembre de 2022

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instalaciones de bombeo, así como generación de empleo y actividades inducidas o
asociadas al regadío.
Efectos sinérgicos y acumulativos: El promotor realiza un nuevo análisis de los
efectos sinérgicos y acumulativos, a tal solicitud de la Dirección General de Ordenación
del Territorio del Gobierno de Aragón, teniendo en cuenta los proyectos de las plantas
fotovoltaicas de Allium y La Caracola, muy próximos al entorno del proyecto y que
cuentan con autorización de construcción, así como los parques eólicos, plantas
fotovoltaicas y líneas eléctricas presentes en las cercanías de la zona afectada por el
proyecto, considerando sus impactos sinérgicos y acumulativos sobre la fauna, la
biodiversidad, las zonas naturales y el paisaje.
El promotor enviará dicha documentación complementaria solicitada a la Dirección
General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón antes del comienzo de las
obras, al objeto de incorporar en el proyecto constructivo las medidas ambientales que
dicho organismo considere pertinentes en base a la nueva documentación recibida.
Vulnerabilidad y riesgos: Según el documento ambiental, el riesgo de accidentes está
vinculado tanto a la fase de construcción como a la fase de explotación. Los principales
riesgos son los vertidos accidentales, el riesgo de incendios y el riesgo de
derrumbamientos.
El riesgo de vertido accidental de sustancias contaminantes ya ha sido tratado en
otros apartados y el promotor ha contemplado medidas preventivas para reducir el riesgo
de ocurrencia de dichos vertidos.
El riesgo de incendios está vinculado a la presencia de personal y tránsito de
maquinaria, sobre todo en la época más seca. El INAGA y la Dirección General de
Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón informan que, durante las obras, se
deben cumplir las prescripciones de la Orden anual vigente sobre prevención y lucha
contra incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Aragón. El promotor en su
respuesta indica que ya se contemplan en el documento ambiental las correspondientes
medidas de protección frente a incendios, e incluye de forma específica en el nuevo
documento ambiental, la categorización de las zonas donde se va a desarrollar el
proyecto de conformidad con la Orden DRS/1521/2017, de 17 de julio, por la que se
clasifica el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón en función del riesgo de
incendio forestal y se declaran zonas de alto y de medio riesgo de incendio forestal. De
acuerdo con la citada orden, las actuaciones se desarrollan en terrenos de tipo 6, de
riesgo medio, y de tipo 7 que no presenta riesgo. Además, el promotor incluye de forma
específica una batería de medidas y normas de seguridad en la nueva versión del
documento ambiental, para el cumplimiento estricto de la normativa de la Comunidad
Autónoma de Aragón en materia de prevención de incendios forestales.
El promotor indica en el documento ambiental, que en general no se identifican en el
área contemplada para la ejecución del proyecto riesgos de deslizamientos sísmicos o
geológicos.
Respecto al riesgo derivado del campo electromagnético que generan las líneas
eléctricas, el documento ambiental no indica la existencia de viviendas cercanas al
trazado de la línea eléctrica. No obstante, se deberán cumplir con los límites que están
establecidos en el Real Decreto 1066/2001, por el que se aprueba el Reglamento que
establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a
las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones
radioeléctricas, y con la Recomendación del Consejo Europeo 1999/519/CE, de 12 de
julio de 1999, relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos
(0 Hz a 300 GHz).
Programa de vigilancia ambiental: El documento ambiental incluye un Programa de
Vigilancia Ambiental que recoge los factores a vigilar, los controles, periodicidad de cada
uno de ellos y los informes a elaborar durante la fase de obras.
Los controles planteados durante la fase de obras y de explotación se centrarán en el
control de la emisión de polvo y partículas; la vigilancia de la retirada, acopio y
reutilización de la tierra vegetal; el control de la labor de descompactación del suelo; el

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Núm. 292