III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-20641)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Central depuradora reversible Velilla del Río Carrión, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Velilla del Río Carrión y Guardo (Palencia), y Valderrueda (León)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Martes 6 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 167690
arbóreas colonizadoras de los géneros Pinus, Betula y Sorbus, con unas densidades
mínimas de 1.600 plantas/ha. Se asegurará la reposición durante el periodo de 5 años.
Fauna.
1.2.5.1 Con objeto de prevenir impactos sobre especies amenazadas de fauna
durante las obras, previamente al inicio de los trabajos, se prospectará la zona de
actuación con los Agentes Medioambientales de la comarca, a fin de constatar la
eventual presencia de especies protegidas susceptibles de afección, y en su caso ajustar
el cronograma de los trabajos al ciclo biológico de las especies identificadas y garantizar
la protección de sus nidos o puestas, que se puedan encontrar. Se comunicará para ello
con suficiente antelación al Servicio Territorial de Medio Ambiente la fecha de comienzo
de los trabajos en cada emplazamiento. El promotor deberá paralizar las obras de forma
cautelar si se detectan afecciones críticas sobre especies amenazadas.
1.2.5.2 Las actuaciones de desbroce y corta de vegetación se realizarán fuera de la
época de reproducción de la mayoría de las especies presente, por lo que no se
realizarán entre los meses de abril a agosto, ambos incluidos.
1.2.5.3 Los vallados de los depósitos superior e inferior deberán contar con un
reborde o zócalo infranqueable de, al menos, 30 cm para evitar la entrada de anfibios y
microfauna que pueda ser posteriormente absorbida y turbinada.
1.2.5.4 En las obras a realizar para el acondicionamiento de las captaciones de los
efluentes de las bocaminas Majadillas y Valdelabárcena, en el caso de que se instalen
sistemas para impedir el acceso al interior de las mismas, se debe mantener la entrada
de las bocaminas en parte abierta, como por ejemplo en su zona superior, y con
sistemas de cierre que permitan la entrada y salida de quirópteros, pues es muy posible
que estos túneles sean utilizados por ejemplares de diversas especies.
1.2.5.5 De las especies seleccionadas en las labores de plantación para la
restauración vegetal se emplearán algunas especies frutales de apetencia para el oso
pardo: maíllo (Malus sylvestris), serval de cazadores (Sorbus aucuparia), pudio
(Rhammus alpina) o cerezo (Prunus avium).
1.2.5.6 Se realizará el soterramiento íntegro de la línea eléctrica de evacuación en
el tramo desde la central en caverna de la CDR hasta la SET «Carrión Renovables», la
cual es objeto de tramitación ambiental junto con otro proyecto. La adenda del proyecto
que incluya el nuevo tramo soterrado deberá ser informada previamente y aprobada por
la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y
León, con carácter previo a la aprobación definitiva del proyecto constructivo de la CDR.
1.2.5.7 Como compensación por la destrucción definitiva e irreversible de un área
de reproducción histórica del urogallo cantábrico (T. urogallus cantabricus), el promotor
proyectará, en coordinación con la DG de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León y/o el Servicio Territorial que corresponda según la provincia, el
establecimiento de una superficie de compensación (como mínimo equivalente a la
superficie del depósito superior, 7,38 ha), en la zona que determinen dichos órganos
ambientales en función de la potencialidad de uso de la especie, en la cual se llevarán a
cabo actuaciones como tratamientos selvícolas, plantación de especies nutricias, etc.
orientadas a favorecer su expansión y contribuir a incrementar su área de distribución
actual. La propuesta deberá formar parte del Plan de Restauración y Revegetación y
será aprobada por la DG de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León, con anterioridad a la aprobación del proyecto constructivo.
1.2.6
Paisaje.
1.2.6.1 Conforme avance la obra se deberán restituir todas las áreas alteradas que
no sean de ocupación permanente (extendido de tierra vegetal, descompactación de
suelos, revegetación, etc.) y se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas,
retirando las instalaciones temporales, restos de máquinas, residuos, marcas de
cve: BOE-A-2022-20641
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1.2.5
Núm. 292
Martes 6 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 167690
arbóreas colonizadoras de los géneros Pinus, Betula y Sorbus, con unas densidades
mínimas de 1.600 plantas/ha. Se asegurará la reposición durante el periodo de 5 años.
Fauna.
1.2.5.1 Con objeto de prevenir impactos sobre especies amenazadas de fauna
durante las obras, previamente al inicio de los trabajos, se prospectará la zona de
actuación con los Agentes Medioambientales de la comarca, a fin de constatar la
eventual presencia de especies protegidas susceptibles de afección, y en su caso ajustar
el cronograma de los trabajos al ciclo biológico de las especies identificadas y garantizar
la protección de sus nidos o puestas, que se puedan encontrar. Se comunicará para ello
con suficiente antelación al Servicio Territorial de Medio Ambiente la fecha de comienzo
de los trabajos en cada emplazamiento. El promotor deberá paralizar las obras de forma
cautelar si se detectan afecciones críticas sobre especies amenazadas.
1.2.5.2 Las actuaciones de desbroce y corta de vegetación se realizarán fuera de la
época de reproducción de la mayoría de las especies presente, por lo que no se
realizarán entre los meses de abril a agosto, ambos incluidos.
1.2.5.3 Los vallados de los depósitos superior e inferior deberán contar con un
reborde o zócalo infranqueable de, al menos, 30 cm para evitar la entrada de anfibios y
microfauna que pueda ser posteriormente absorbida y turbinada.
1.2.5.4 En las obras a realizar para el acondicionamiento de las captaciones de los
efluentes de las bocaminas Majadillas y Valdelabárcena, en el caso de que se instalen
sistemas para impedir el acceso al interior de las mismas, se debe mantener la entrada
de las bocaminas en parte abierta, como por ejemplo en su zona superior, y con
sistemas de cierre que permitan la entrada y salida de quirópteros, pues es muy posible
que estos túneles sean utilizados por ejemplares de diversas especies.
1.2.5.5 De las especies seleccionadas en las labores de plantación para la
restauración vegetal se emplearán algunas especies frutales de apetencia para el oso
pardo: maíllo (Malus sylvestris), serval de cazadores (Sorbus aucuparia), pudio
(Rhammus alpina) o cerezo (Prunus avium).
1.2.5.6 Se realizará el soterramiento íntegro de la línea eléctrica de evacuación en
el tramo desde la central en caverna de la CDR hasta la SET «Carrión Renovables», la
cual es objeto de tramitación ambiental junto con otro proyecto. La adenda del proyecto
que incluya el nuevo tramo soterrado deberá ser informada previamente y aprobada por
la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y
León, con carácter previo a la aprobación definitiva del proyecto constructivo de la CDR.
1.2.5.7 Como compensación por la destrucción definitiva e irreversible de un área
de reproducción histórica del urogallo cantábrico (T. urogallus cantabricus), el promotor
proyectará, en coordinación con la DG de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León y/o el Servicio Territorial que corresponda según la provincia, el
establecimiento de una superficie de compensación (como mínimo equivalente a la
superficie del depósito superior, 7,38 ha), en la zona que determinen dichos órganos
ambientales en función de la potencialidad de uso de la especie, en la cual se llevarán a
cabo actuaciones como tratamientos selvícolas, plantación de especies nutricias, etc.
orientadas a favorecer su expansión y contribuir a incrementar su área de distribución
actual. La propuesta deberá formar parte del Plan de Restauración y Revegetación y
será aprobada por la DG de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León, con anterioridad a la aprobación del proyecto constructivo.
1.2.6
Paisaje.
1.2.6.1 Conforme avance la obra se deberán restituir todas las áreas alteradas que
no sean de ocupación permanente (extendido de tierra vegetal, descompactación de
suelos, revegetación, etc.) y se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas,
retirando las instalaciones temporales, restos de máquinas, residuos, marcas de
cve: BOE-A-2022-20641
Verificable en https://www.boe.es
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