I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-20553)
Real Decreto 1010/2022, de 5 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención destinada a la financiación de proyectos para la reconversión industrial y social del Bages a consecuencia del cese de la actividad minera en Sallent.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Martes 6 de diciembre de 2022

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2. No podrá concertarse la ejecución de actividades a entidades incursas en alguna
de las prohibiciones del artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, sin perjuicio de
lo previsto en el artículo 72.5 de la citada ley.
Artículo 6.

Actuaciones a financiar y gastos subvencionables.

1. Se financiarán las siguientes actuaciones en las infraestructuras de titularidad
pública con uso industrial y en su entorno.
En el caso del Ayuntamiento del Sallent:
a) Polígono industrial Plans de la Sala: mejora de la red de saneamiento.
b) Polígono industrial Pla del Mas: mejora de la red de saneamiento y sistema de
seguridad y de control de acceso.
c) Polígono industrial Illa: adecuación del terreno municipal para aparcamiento de
camiones, recarga de vehículos eléctricos y zona de descanso.
d) Polígono industrial el Berenguer-Pla de Manyanes: sistema de seguridad y de
control de acceso.
En el caso del Ayuntamiento de Súria:
a) Polígono industrial La Pobla Nord: mejora de la red de saneamiento, instalación
de puntos de recarga rápida de vehículos eléctrico con aporte de energía solar
fotovoltaica, mejora del sistema de videovigilancia, mejora de la accesibilidad y zona de
aparcamiento.
b) Polígono industrial Els Joncartes: instalación de puntos de recarga rápida de
vehículos eléctrico.
2. Se entenderán como gastos subvencionables todos aquellos que de manera
indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, se destinen a
alcanzar el objetivo y resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo
establecido por las correspondientes resoluciones de concesión incluido el IVA.
3. La subvención regulada en este real decreto se financiará con cargo al
presupuesto de la Dirección de General de Industria y de la Pequeña y Mediana
Empresa y detallará las actuaciones a desarrollar que serán objeto de subvención, así
como las condiciones y compromisos, que, en todo caso, deberán cumplir con la
normativa de las ayudas de Estado aprobadas por la Unión Europea.
Artículo 7. Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables objeto de este real decreto
será el comprendido entre el día de firma de la Resolución de concesión y el 31 de
diciembre de 2024.
Artículo 8. Cuantía y financiación.

a) Ayuntamiento de Súria: 500.000 euros
b) Ayuntamiento de Sallent: 500.000 euros.
2. La cuantía de estas subvenciones se abonará con cargo al presupuesto de
gastos de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa
para 2022, para lo cual se harán las modificaciones presupuestarias necesarias.

cve: BOE-A-2022-20553
Verificable en https://www.boe.es

1. El importe máximo de la subvención es de 1 millón de euros (1.000.000) con el
siguiente reparto: