III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-20640)
Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Martes 6 de diciembre de 2022
7.
Sec. III. Pág. 167640
Adicionalmente para los subprogramas 1, 2 y 4 se considerarán costes elegibles:
s) Sistema de cableado eléctrico submarino para la interconexión de dispositivos y
posterior exportación a costa de la energía generada: incluyendo cables internos o array
(cables umbilicales marinos), conectores, cajas de conexiones, boyas de conexión,
transformadores, subestación marina, línea de evacuación, boyas de conexión y
sistemas e infraestructuras eléctricas adicionales hasta el punto de conexión con la red
eléctrica de transporte o distribución. Proceso de instalación del cableado submarino
(incluidos los trabajos de los barcos cableros).
t) Arqueta de transición en la zona de aterraje del cable en costa, donde se realiza
la conexión entre el cable submarino y terrestre. Cableado terrestre de evacuación y de
conexión a red.
u) Sistema de conducción terrestre de alta tensión. En su caso, se incluirán las
protecciones y equipamientos que correspondan Reglamento de Instalaciones Eléctricas
en Alta Tensión (RIAT) y sus Instrucciones técnicas complementarias.
v) Obras civiles tanto terrestres como en lecho marino, cuando estén relacionadas
con la actuación objeto de ayuda y aquellas que sean necesarias para la correcta
ejecución del proyecto. Asimismo, se consideran elegibles la obra civil las siguientes
partidas: edificaciones necesarias para el proyecto, campas, excavaciones, zanjas y
canalizaciones,operación de arado para el enterramiento y tendido de cables submarinos
y tuberías asociados a la instalación de, generación, o a los sistemas de integración de
energía eléctrica, ayudas de albañilería, instalaciones auxiliares necesarias, viales de
servidumbre interna de la instalación, adecuación de accesos internos para la
instalación, edificios de control, plataformas de montaje, instalaciones temporales,
restauración y medidas medioambientales correctoras después de las obras.
w) Tendido de cables submarinos de interconexión con los dispositivos y
operaciones de arado, tendido y enterrado del cable submarino de evacuación de la
energía generada a la costa. Conducción eléctrica subterránea.
8.
Adicionalmente para los subprogramas 3 y 4 se considerarán costes elegibles:
x) Montaje y ensamblaje de los dispositivos renovables marinos en las plataformas
de ensayo o infraestructuras portuarias.
y) Costes de personal: personal investigador, personal técnico y demás personal de
apoyo en la medida en que estén empleados en el proyecto. Podrán imputarse gastos al
proyecto tanto de personal propio o contratado dedicado directamente al proyecto, con
contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa (trabajador autónomo
económicamente dependiente), de conformidad con el apartado 3 del artículo 25 del
Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. En el caso de
que se disponga de una contabilidad auditada donde conste el gasto medio hora de cada
trabajador, se podrá aceptar el mismo. En caso contrario, la fórmula de cálculo del gastohora para cada empleado participante en el proyecto será la que se expresa a
continuación:
Coste (Salario bruto + Coste S.S.) (Fecha de fin − fecha de inicio)
=
*
hora
Horas convenio
365
9. Para que los gastos puedan ser considerados elegibles, deben cumplir los
siguientes requisitos:
a) Cumplir la normativa local, autonómica, nacional y de la Unión Europea
aplicable.
b) Deben estar relacionados de manera indubitada con la actividad objeto de la
ayuda, ser necesarios para su ejecución y realizados en el plazo establecido en la
convocatoria.
cve: BOE-A-2022-20640
Verificable en https://www.boe.es
El gasto horario individual máximo por este concepto es de 60 euros/h.
Núm. 292
Martes 6 de diciembre de 2022
7.
Sec. III. Pág. 167640
Adicionalmente para los subprogramas 1, 2 y 4 se considerarán costes elegibles:
s) Sistema de cableado eléctrico submarino para la interconexión de dispositivos y
posterior exportación a costa de la energía generada: incluyendo cables internos o array
(cables umbilicales marinos), conectores, cajas de conexiones, boyas de conexión,
transformadores, subestación marina, línea de evacuación, boyas de conexión y
sistemas e infraestructuras eléctricas adicionales hasta el punto de conexión con la red
eléctrica de transporte o distribución. Proceso de instalación del cableado submarino
(incluidos los trabajos de los barcos cableros).
t) Arqueta de transición en la zona de aterraje del cable en costa, donde se realiza
la conexión entre el cable submarino y terrestre. Cableado terrestre de evacuación y de
conexión a red.
u) Sistema de conducción terrestre de alta tensión. En su caso, se incluirán las
protecciones y equipamientos que correspondan Reglamento de Instalaciones Eléctricas
en Alta Tensión (RIAT) y sus Instrucciones técnicas complementarias.
v) Obras civiles tanto terrestres como en lecho marino, cuando estén relacionadas
con la actuación objeto de ayuda y aquellas que sean necesarias para la correcta
ejecución del proyecto. Asimismo, se consideran elegibles la obra civil las siguientes
partidas: edificaciones necesarias para el proyecto, campas, excavaciones, zanjas y
canalizaciones,operación de arado para el enterramiento y tendido de cables submarinos
y tuberías asociados a la instalación de, generación, o a los sistemas de integración de
energía eléctrica, ayudas de albañilería, instalaciones auxiliares necesarias, viales de
servidumbre interna de la instalación, adecuación de accesos internos para la
instalación, edificios de control, plataformas de montaje, instalaciones temporales,
restauración y medidas medioambientales correctoras después de las obras.
w) Tendido de cables submarinos de interconexión con los dispositivos y
operaciones de arado, tendido y enterrado del cable submarino de evacuación de la
energía generada a la costa. Conducción eléctrica subterránea.
8.
Adicionalmente para los subprogramas 3 y 4 se considerarán costes elegibles:
x) Montaje y ensamblaje de los dispositivos renovables marinos en las plataformas
de ensayo o infraestructuras portuarias.
y) Costes de personal: personal investigador, personal técnico y demás personal de
apoyo en la medida en que estén empleados en el proyecto. Podrán imputarse gastos al
proyecto tanto de personal propio o contratado dedicado directamente al proyecto, con
contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa (trabajador autónomo
económicamente dependiente), de conformidad con el apartado 3 del artículo 25 del
Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. En el caso de
que se disponga de una contabilidad auditada donde conste el gasto medio hora de cada
trabajador, se podrá aceptar el mismo. En caso contrario, la fórmula de cálculo del gastohora para cada empleado participante en el proyecto será la que se expresa a
continuación:
Coste (Salario bruto + Coste S.S.) (Fecha de fin − fecha de inicio)
=
*
hora
Horas convenio
365
9. Para que los gastos puedan ser considerados elegibles, deben cumplir los
siguientes requisitos:
a) Cumplir la normativa local, autonómica, nacional y de la Unión Europea
aplicable.
b) Deben estar relacionados de manera indubitada con la actividad objeto de la
ayuda, ser necesarios para su ejecución y realizados en el plazo establecido en la
convocatoria.
cve: BOE-A-2022-20640
Verificable en https://www.boe.es
El gasto horario individual máximo por este concepto es de 60 euros/h.