III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-20640)
Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 167628

d) El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se
establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades
del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de
hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) En todo lo no previsto en esta orden o en las respectivas convocatorias, será de
aplicación lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y
su normativa de desarrollo así como en las demás disposiciones que resulten de
aplicación. Igualmente será de aplicación la normativa portuaria contenida en el Real
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en el caso de que
las actuaciones incluyan la adaptación de zonas portuarias.
f) La normativa aplicable en materia de prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y el conflicto de intereses:
i. En aplicación de la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 5 de julio de 2017, la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero por la que se
modifica la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para
transponer directivas de la Unión Europea en los ámbitos financieros y de terrorismo, y
abordar cuestiones de índole internacional.
ii. El Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/1995 del consejo, de 18 de diciembre
de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades
Europeas;
iii. El artículo 61 del Reglamento (EU, Euratom) 2018/1046, del Parlamento
Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al
Presupuesto General de la Unión europea (Reglamento financiero).
iv. El artículo 53 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
relativo a los principios éticos; el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, relativo a
la abstención, y el artículo 24 del mismo cuerpo legal, relativo a la recusación.
v. El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021.
vi. El artículo 6 de la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
vii. Adicionalmente, será de aplicación el Plan de Medidas Antifraude en el ámbito
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por el IDAE y los
procedimientos contemplados en dicho Plan.
g) La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la
ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta Ley.
3. Asimismo, será de aplicación la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 y el Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, en lo que se refiere a la vinculación legal a finalidad de los fondos
recibidos por transferencia a IDAE procedentes del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, así como el tipo de concurrencia, la publicación de
las bases, las obligaciones de control, el seguimiento de la ejecución y el reingreso de
fondos.

cve: BOE-A-2022-20640
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Núm. 292