III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-20530)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Consumo y el Instituto Nacional de Estadística, sobre acceso a la base padronal del INE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 5 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 167086

Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es facilitar el acceso a la Base de Padrón continúo
gestionada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) al personal autorizado del
Ministerio de Consumo y en particular dependiente de la Dirección General de
Ordenación del Juego y la Secretaría General Técnica, a través del Servicio Web
(SECOPA) desarrollado por el primero, con el fin de obtener el dato de domicilio, al
amparo del artículo 41.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la iniciación de los
procedimientos de oficio siguientes:
– Trámites y comunicaciones genéricas con la Dirección General de Ordenación del
Juego relacionados con el mercado del juego. Código SIA: 201324, artículo 36 y
siguientes de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, con el objeto de
acometer requerimientos previos a la iniciación de un procedimiento sancionador a
sujetos regulados en la normativa sectorial de juego, como resultado de actuaciones de
inspección de la actividad de juego.
– Procedimiento sancionador por Infracciones Administrativas cometidas en materia
de Juego. Código SIA: 2217155, artículo 36 y siguientes de la Ley 13/2011, de 27 de
mayo, de regulación del juego.
– Responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de la administración. Código
SIA 2401051, artículo 65 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
– Revisión de disposiciones y actos nulos: Código SIA: 2401054, artículo 106 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Características del Servicio de consulta a la Base de Datos del Padrón.

El INE, en el marco de colaboración establecido por este convenio, pondrá a
disposición del Ministerio de Consumo un Servicio Web de consulta de la Base de Datos
del Padrón por parte de los usuarios autorizados de las DG de Ordenación del Juego, y
la Secretaría General Técnica con el fin de obtener el dato de domicilio.
Las consultas se llevarán a cabo individualmente para todos los procedimientos
iniciados de oficio, listados en la cláusula primera del presente convenio, que requieran
la aportación de datos de empadronamiento. Los cuales deberán haber sido dados de
alta de forma previa y diferenciada en el servicio, siendo necesario hacer constar en
cada una el motivo de acceso a la base padronal, utilizando para ello los campos
«Expediente» y «Finalidad». Estos campos son los que permitirán llevar a cabo las
tareas de control y la localización de los expedientes en las auditorías que sobre cesión
de datos se realicen.
Para realizar la consulta se utilizarán uno o varios de los campos de identificación: DNI
(o número que lo sustituya para los extranjeros), apellidos, nombre y fecha de nacimiento,
devolviendo el domicilio en el que la persona aparece inscrita, siempre que exista una única
inscripción en la base cuyos datos de identificación coincidan con los datos de búsqueda
introducidos. En el caso en que exista más de una inscripción o ninguna con los criterios de
búsqueda introducidos, se indicará mediante mensajes específicos.
Tercera.

Requisitos para acceder a la Base de Datos del Padrón Continuo del INE.

1. La gestión de usuarios y el control de accesos al Servicio Web de Consulta de la
Base de Datos de Padrón por el personal de la Dirección General de Ordenación del

cve: BOE-A-2022-20530
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.