III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. Cesiones de explotación. (BOE-A-2022-20541)
Orden TED/1200/2022, de 18 de noviembre, por la que se autoriza el contrato por el que Petroleum Oil & Gas España, SA, cede a Trinity Capital, SLU, su participación en las concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos denominadas "Marismas A", "Marismas B-1", "Marismas C-1", "Marismas C-2" y "Rebujena".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de diciembre de 2022

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Adicionalmente, en el caso de las concesiones de explotación de yacimientos de
hidrocarburos denominadas «Marismas A», «Marismas B-1» y «Marismas C-2», se han
de cumplir las condiciones establecidas en el apartado 1 del artículo 17 del ya referido
Real Decreto 1088/2011, de 15 de julio.
Una vez analizada la documentación obrante en el expediente se estima que, en el
momento de aprobación de esta orden, «Trinity Capital, SLU» cumple con los requisitos
establecidos en la normativa sectorial de hidrocarburos en relación con la transmisión
de concesiones de explotación. Adicionalmente, se han verificado las condiciones
establecidas en el Real Decreto 1088/2011, de 15 de julio, para la cesión de las
concesiones de explotación de hidrocarburos «Marismas A», «Marismas B-1»
y «Marismas C-2».
En aplicación del artículo 82 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante oficio de 17 de junio
de 2022, notificado en la misma fecha, se ha otorgado trámite de audiencia a los
interesados.
VIII
Vistos la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética;
la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; la Ley 8/2015, de 21 de
mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector
de Hidrocarburos, y por la que se regulan determinadas medidas tributarias y no
tributarias en relación con la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos, y
su normativa de desarrollo; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 2362/1976,
de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación
y Exploración de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974; el Real Decreto 731/1995, de 28
de abril, por el que se otorga la concesión de explotación de hidrocarburos
«Marismas A»; el Real Decreto 993/1988, de 9 de septiembre, por el que se otorga la
concesión de explotación de hidrocarburos «Marismas B-1»; el Real Decreto 994/1988,
de 9 de septiembre, por el que se otorga la concesión de explotación de hidrocarburos
«Marismas C-1»; el Real Decreto 860/1989, de 16 de junio, por el que se otorga la
concesión de explotación de hidrocarburos «Marismas C-2»; el Real Decreto 1478/1993,
de 27 de agosto, por el que se otorga la concesión de explotación de hidrocarburos
«Rebujena»; el Real Decreto 1088/2011, de 15 de julio, por el que se adaptan las
concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos denominadas
«Marismas B-1», «Marismas C-2» y «Marismas A» a una concesión de explotación de
almacenamiento subterráneo de gas natural; el Real Decreto 978/2021, de 8 de
noviembre, por el que se otorga la primera prórroga a la concesión de explotación de
yacimientos de hidrocarburos «Marismas B-1»; el Real Decreto 979/2021, de 8 de
noviembre, por el que se otorga la primera prórroga a la concesión de explotación de
yacimientos de hidrocarburos «Marismas C-1»; y el Real Decreto 980/2021, de 8 de
noviembre, por el que se otorga la primera prórroga a la concesión de explotación de
yacimientos de hidrocarburos «Marismas C-2».
La Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, sobre delegación de competencias,
dispone en su disposición general segunda 2.c), que corresponde a la persona titular de
la Secretaría de Estado de Energía ejercer por delegación de la persona titular
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico las facultades para
resolver los expedientes y asuntos relativos a la investigación y explotación de
hidrocarburos.
Mediante Acuerdo de 31 de octubre de 2022, la Comisión Delegada del Gobierno
para Asuntos Económicos ha autorizado a la Vicepresidenta Tercera del Gobierno
y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a dictar esta orden.

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Núm. 291