III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2022-20320)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida, para la ejecución de una pasarela urbana de uso peatonal y con carril bici sobre la playa de vías de la estación de ferrocarril de Mérida a fin de mejorar la permeabilidad transversal de la ciudad, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Sábado 3 de diciembre de 2022

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resultantes de la nueva pasarela urbana, entendiendo que esta comunicación determina
el nacimiento de la obligación asumida por el Ayuntamiento en el punto cuarto de las
siguientes obligaciones por parte del Ayuntamiento de Mérida, sin perjuicio de la
posterior formalización de la correspondiente acta de entrega y de las responsabilidades
que correspondan al contratista derivadas del contrato de obras. La formalización de la
correspondiente acta de entrega se realizará durante los dos meses posteriores a la
comunicación al Ayuntamiento de la finalización de las obras.
Por parte del Ayuntamiento de Mérida:
– Aportar los requerimientos técnicos y funcionales que se estimen necesarios para
el desarrollo de las actuaciones.
– Poner a disposición de ADIF, de manera gratuita, los terrenos de titularidad
municipal necesarios para poder llevar a cabo las actuaciones previstas en el presente
Convenio. En tanto no se disponga de los terrenos, no se procederá a la adjudicación de
las obras.
– La realización de las obras de ejecución de la pasarela estará exenta de pago en
las licencias municipales.
– Asumir, una vez realizadas y recibidas las obras por parte de la Consejería de
Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, y previa comunicación, el
uso, la vigilancia, conservación y mantenimiento de las infraestructuras ejecutadas
(pasarela urbana y carril bici), incluidos los gastos que ello comporta, para que su estado
cumpla, en todo momento, con los requisitos de protección y seguridad para las personas,
el sistema viario y el ferroviario, de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.
Por parte de ADIF, Junta de Extremadura y Ayuntamiento de Mérida:
– Toda referencia a la actuación objeto de las ayudas objeto del presente acuerdo
debe cumplir con los requisitos que figuren en el Manual de Imagen del PRTR que, en su
caso, se apruebe, o en el Manual que sea aprobado por el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana. Sin perjuicio de lo anterior, deberá figurar en todo caso la
referencia a la financiación de la actuación mediante fondos del PRTR y a su gestión por
el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en los términos previstos en el
artículo 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– Todas las licitaciones, convenios y resto de instrumentos jurídicos, que se
desarrollen en este ámbito, deberán contener tanto en su encabezamiento como en su
cuerpo de desarrollo la siguiente referencia «Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU».

El importe de la financiación para este proyecto asciende a la cantidad de 1.547.000€
(IVA incluido), que será asumido en su totalidad por la Consejería de Movilidad,
Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura con cargo al Proyecto: 20220319
«EJECUCION DE PASARELA URBANA DE USO PEATONAL Y CON CARRIL BICI
SOBRE LAS VIAS DE LA ESTACION DE FERROCARRIL DE MERIDA» Financiación
MR01C01I01 Aplicación Presupuestaria: 160050000/G353C/601 de los presupuestos
generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022, y con las
anualidades 2022-2024 con el siguiente desglose:
Proyecto Pr.

Euros

Anualidad

Centro
Gestor

Pos. Presup.

Fondo

Año 2022

160050000

G/353C/60100

MR01C01I01 20220319

40.000,00

Año 2023

160050000

G/353C/60100

MR01C01I01 20220319

750.000,00

Año 2024

160050000

G/353C/60100

MR01C01I01 20220319

757.000,00

cve: BOE-A-2022-20320
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Financiación de las actuaciones y forma de abono.