III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2022-20320)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida, para la ejecución de una pasarela urbana de uso peatonal y con carril bici sobre la playa de vías de la estación de ferrocarril de Mérida a fin de mejorar la permeabilidad transversal de la ciudad, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 166001

aplicación, todas las actividades de carácter meramente material para la tramitación de
los expedientes expropiatorios necesarios para la obtención de dichos terrenos. En todo
caso corresponderá a la Junta de Extremadura, en su condición de Administración
expropiante, dictar los actos administrativos que sean necesarios para la tramitación de
los expedientes expropiatorios.
– Aportará el personal necesario, encargado de trabajos, tanto de vía como de
catenaria, en horario diurno y nocturno, para la ejecución de las obras en condiciones
óptimas de seguridad. Los costes de dicho personal quedarán incluidos en el
presupuesto del proyecto licitado.
– Realizará los cortes de corriente eléctrica en la catenaria necesarios para los
trabajos que lo requieran en los intervalos horarios que resulten compatibles con la
explotación y mantenimiento ferroviarios.
– Cederá para el uso público, el vuelo sobre el dominio público ferroviario a ocupar
por la pasarela, otorgando a tal efecto al Ayuntamiento de Mérida una concesión
administrativa gratuita sobre dicho vuelo por el plazo máximo legal de 75 años y de
conformidad con lo previsto en la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
– Facilitará a la Junta de Extremadura con la periodicidad requerida la
documentación e información necesaria a efectos de realizar un adecuado seguimiento
de la ejecución del proyecto conforme a las condiciones de la financiación del mismo y
poder remitir e incorporar la información acreditativa necesaria al MITMA para justificar el
cumplimiento de hitos y objetivos establecidos en el CID y en las Disposiciones
Operativas, así como en la preparación de la documentación acreditativa que se
establezca en los mecanismos de verificación.
– Finalizadas las obras, ADIF procederá a la recepción material de las mismas en
nombre y representación de la Junta de Extremadura, debiendo contar con la
representación de ésta y se las entregará a la Junta de Extremadura, en el plazo máximo
de un mes, mediante acta que será firmada de una parte por los técnicos que
correspondan de ADIF y de otra, por los técnicos de la Junta de Extremadura, y se
acompañará de la documentación necesaria.
Por parte de la Junta de Extremadura:
– Aportar los requerimientos técnicos y funcionales que se estimen necesarios para
el desarrollo de las actuaciones.
– Como organismo promotor, solicitará a ADIF las correspondientes autorizaciones
de obras en zonas de afección al ferrocarril, según establece la Ley del Sector
Ferroviario. En dichas zonas, las autorizaciones estarán exentas de los costes de
tramitación y gestión.
– Poner a disposición de ADIF, de manera gratuita, los terrenos necesarios
destinados a las ocupaciones temporales de terrenos requeridas durante la ejecución de
las obras.
– Asumirá la financiación de la totalidad de las actuaciones contenidas en el
presente convenio, de acuerdo con los importes señalados en la cláusula siguiente, aún
en el caso de que, por cualquier circunstancia, los retornos obtenidos de los fondos
europeos MRR por su participación en el presente convenio fueran inferiores a lo
esperado o incluso nulos.
– Aportará a ADIF el certificado de disponibilidad de crédito correspondiente, de
acuerdo con la programación plurianual establecida, con carácter previo a las
adjudicaciones de las actuaciones a realizar. Para ello se destinará la ayuda de fondos
MRR aprobada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
– Abonará a ADIF, los importes derivados de contratos a suscribir con terceros y los
recursos propios personales y materiales de ADIF necesarios utilizados en la ejecución
de las actuaciones contempladas en este Convenio.
– Una vez producido el acto de recepción de las obras de la pasarela por la Junta de
Extremadura, ésta lo pondrá en conocimiento del Ayuntamiento de Mérida, asumiendo a
su cargo el mantenimiento y conservación de las infraestructuras e instalaciones

cve: BOE-A-2022-20320
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 290