III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-20321)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, por la que se publica el Convenio con la Axencia Galega de Infraestruturas, para el fomento de la movilidad sostenible en la fachada marítima de Ferrol.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Sábado 3 de diciembre de 2022

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Todo ello, para favorecer la implantación en la ciudad de Ferrol de una zona de bajas
emisiones.
El presupuesto necesario para la ejecución de estas obras se estima en tres millones
ochocientos mil euros (3.800.000,00 euros), IVA no incluido.
Segunda. Compromisos de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao.

1. Redactar el documento técnico de las obras de Integración urbana y mejora del
tránsito peatonal/ciclista en la Carretera Baja del Puerto, Curuxeiras y aparcamientos
disuasorios.
2. Licitar, contratar, ejecutar y dirigir las obras de Integración urbana y mejora del
tránsito peatonal/ciclista en la Carretera Baja del Puerto, Curuxeiras y aparcamientos
disuasorios.
3. Asumir las obligaciones económicas que excedan del importe consignado en la
cláusula tercera.
4. Gestionar la reposición de servicios y servidumbres afectados no incluidos en los
proyectos. Así mismo, asumirá la realización de las gestiones pertinentes ante los
organismos que corresponda para la obtención de los permisos, licencias y
autorizaciones reglamentarias.
5. De acuerdo con lo establecido en el artículo 27.5 de la Ley 9/2007, de 13 de
junio, de Subvenciones de Galicia, se compromete a establecerle al contratista la
obligación de colaboración para el ejercicio de las funciones de control previstas en el
artículo 45 de la citada ley. Será responsable de la recopilación y valoración de la
documentación presentada por los adjudicatarios para comprobar la adecuación de los
proyectos a las condiciones de financiación.
6. Cumplir las instrucciones que tanto la Consellería de Infraestruturas e
Mobilidade, a través de la AXI, como la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y
Agencia Urbana o cualquier otro órgano o autoridad competente les comunique en
aplicación de la normativa europea, nacional o autonómica, que se pudiera aprobar para
la ejecución o gestión del MRR como del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
7. Facilitar toda la información necesaria para que la Xunta de Galicia pueda
justificar el destino de los fondos procedentes del MRR, ante los ministerios de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y Hacienda y Función Pública de acuerdo con
la normativa que les sea aplicable. En concreto, deberá comunicar mensualmente, con la
fecha límite del tercer día hábil del mes siguiente, los datos de progreso de los
indicadores de hitos y objetivos y de los mecanismos de verificación del mes anterior, de
acuerdo con el procedimiento y formato de suministro de información para las entidades
del sector público establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
8. Facilitar, si fuese el caso, toda la información que le sea requerida por la
Intervención General de la Comunidad Autónoma, por el Tribunal de Cuentas y por el
Consello de Contas de Galicia en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control
del destino de las ayudas objeto del presente acuerdo.
9. Respetar el principio de «no causar daño significativo» (principio «do no
significant harm» - DNSH) al medio ambiente previsto en el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y demás normativa europea de aplicación.
Para ello, la APFSC tendrá en cuenta la Guía técnica sobre la aplicación del principio de
«no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01), (Guía Técnica de la Comisión Europea) y
cumplimentará el cuestionario de autoevaluación del cumplimiento del principio de no
causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) suministrado por el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

cve: BOE-A-2022-20321
Verificable en https://www.boe.es

La APFSC se obliga a: