II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-20235)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral de la categoría de Titulado/a Medio, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de diciembre de 2022

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b) Las personas con discapacidad: certificado acreditativo de tal condición y del
grado de discapacidad expedido por el órgano de la Administración pública competente.
c) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: certificado acreditativo de tal
condición expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior.
d) Las víctimas de violencia de género: resolución judicial u orden de protección
dictada a favor de la víctima, o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de
indicios de ser víctima de violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de
protección, o cualquier otra documentación acreditativa de tal condición de conformidad
con la normativa vigente en la materia.
e) Las personas integrantes de familias numerosas de categoría general o especial:
título vigente acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente de la
comunidad autónoma correspondiente.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Procederá la devolución de la tasa cuando no se realice su hecho imponible por
causas no imputables al sujeto pasivo, o cuando los ingresos se declaren indebidos por
resolución o sentencia firmes.
3.4 Declaración responsable, debidamente cumplimentada y firmada, recogida en
el anexo IX.
4. En esta fase de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo no se acompañará documentación alguna acreditativa de los méritos a valorar
en la fase de concurso.
5. Causas de exclusión del proceso:
a) El incumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la presente
convocatoria.
b) La no presentación de la solicitud en tiempo y forma.
c) La falta de pago íntegro en plazo de la tasa correspondiente por derechos de
examen, la falta de justificación de su abono, o la falta de justificación de encontrarse
exento total o parcial de este pago.
d) La falta de subsanación, si procede, en el plazo establecido para ello.
e) La falta de firma en la solicitud.
6. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado, dirigido al Gerente, dentro del plazo establecido en esta base cuarta. 2 para la
presentación de solicitudes.
Quinta. Relación de personas admitidas y excluidas.
1. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes previsto en la
convocatoria, el Gerente de la Universidad de Alcalá dictará resolución, por la que se
aprueben las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, publicando la de
excluidas e indicando los lugares en los que se encuentra expuesta la de admitidas. En
dicha resolución constará la identidad de las personas aspirantes excluidas, con
indicación de las causas de inadmisión.
2. Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren en la relación
provisional de personas admitidas ni excluidas, dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación de dicha resolución, a fin de
subsanar el defecto que hubiera motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
En dicha resolución se publicará, asimismo, la fecha, lugar y hora de realización del
primer ejercicio de la fase de oposición.
3. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, se publicará la
relación definitiva de personas aspirantes admitidas.

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Núm. 289