III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2022-20270)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Ciudad de Ceuta, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital.
75 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 2 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 165649

este código de aviso (no es un error): 91030 AVISO: aceptado con observaciones
referentes al identificativo. Asociado a este aviso se devolverá a la entidad gestora, a
nivel informativo, el nuevo identificativo en el campo OTRO IDENTIFICATIVO.
4.2.6

Variación de datos personales (código de actuación 06).

Se utilizará para modificar los datos personales de una persona que se encuentre
dada de alta en TSD a instancias de una entidad gestora. Se podrán modificar los
campos ESTADO CIVIL, TELÉFONO MOVIL e INDICADOR DATOS PROTEGIDOS y
todos los campos de «datos de residencia».
Esta operación también podrá ser utilizada para proteger (P) o desproteger (D)
personas atendiendo a su INDICADOR DE DATOS PROTEGIDOS.
4.2.6.1

Validaciones a aplicar.

– La obligatoriedad de los campos a aportar en un registro de variación de datos
personas vienen detallados en la tabla del apartado 4.2.8. En este caso, los campos
marcados como no obligatorios si se completan no se validarán.
– Si la persona perceptora no se encuentra dada de alta en el sistema (el
identificador no existe en TSD) se rechazará la acción.
– Los datos personales podrán ser modificados por la entidad gestora que dio de
alta a la persona o por cualquier otra.
– Si los datos de la persona que se remiten en este registro no coinciden con los que
se indicaron en el alta previa de la prestación, se rechazará la operación. Para ello, debe
coincidir su identificador y los datos personales (nombre, apellidos y fecha de
nacimiento) al menos en un 80% con los almacenados en el sistema TSD.
– El indicador de protección podrá variarse por una entidad teniendo en cuenta las
siguientes circunstancias.
● Se podrá solicitar la protección de una persona indicando el valor ‘P’ en el
indicador de protección.
● Se podrá solicitar la desprotección de una persona indicando el valor ‘D’ en el
indicador de protección. Si en las bases de datos de la Seguridad Social constara como
protegido, se mantendría la protección.
– Se modificará el domicilio siempre que se consideren los datos igual o más
completos que los ya cargados en TSD. Teniendo en cuenta los campos «País»,
«Nombre municipio» y «Nombre vía». Si los datos de domicilio no se modifican se
generará el código de aviso «91040: AVISO: Aceptado el cambio excepto en los datos de
DOMICILIO ya que los datos existentes son más completos».
4.2.7

Traspaso de prestación (código de actuación 07).

4.2.7.1

Validaciones a aplicar.

– La obligatoriedad de los campos a aportar en un registro de traspaso de prestación
vienen detallados en la tabla del apartado 4.2.8. En este caso, los campos marcados
como no obligatorios si se completan no se validarán, ya que la única información
necesaria para realizar la operación es la CLAVE PROPIA ENTIDAD y los datos del
nuevo perceptor (se validará que el nombre y apellidos del nuevo perceptor no coinciden
al 100% con los del anterior).
– Si la prestación no se localiza en el sistema, se rechazará la operación.

cve: BOE-A-2022-20270
Verificable en https://www.boe.es

Este movimiento estará destinado a realizar traspasos de prestaciones entre
personas distintas siempre dentro de una misma entidad gestora. Básicamente se
deberán enviar los datos para identificar la prestación y los datos de la persona que
asume la prestación. AVISO: Si lo que se pretende es modificar el IPF de una persona se
deberá usar el código 05 (cambio de identificador).