III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2022-20160)
Orden TED/1177/2022, de 29 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
42 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 164789
d) En todo lo no previsto en esta orden será de aplicación lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y su normativa de desarrollo, así
como en las demás disposiciones que resulten de aplicación.
e) La normativa aplicable en materia de prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y el conflicto de intereses:
1.º En aplicación de la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 5 de julio de 2017, la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero por la que se
modifica la ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal para transponer
directivas de la Unión Europea en los ámbitos financieros y de terrorismo, y abordar
cuestiones de índole internacional.
2.º El Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/1995 del consejo, de 18 de diciembre
de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades
Europeas;
3.º El artículo 61 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento
Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al
Presupuesto General de la Unión europea (Reglamento financiero).
4.º El artículo 53 del real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
relativo a los principios éticos; el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, relativo a
la abstención, y el artículo 24 del mismo cuerpo legal, relativo a la recusación.
Adicionalmente, serán de aplicación los Planes de Medidas Antifraude en el ámbito
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobados tanto por el Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico como por el IDAE, así como los
procedimientos contemplados en dichos Planes.
f) La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres
3. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la
ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta Ley.
4. Asimismo, será de aplicación la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 y el Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, en lo que se refiere a la vinculación legal a finalidad de los fondos
recibidos por transferencia al IDAE procedentes del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, así como el tipo de concurrencia, la publicación de
las bases, las obligaciones de control, el seguimiento de la ejecución y el reintegro de
fondos.
Artículo 3. Tipos de actuaciones objeto de las ayudas.
1. Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos innovadores de almacenamiento
energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir
de fuentes renovables, sin perjuicio de que las respectivas convocatorias limiten la
tipología de proyectos elegibles.
En cuanto al concepto de hibridación se estará a lo dispuesto en el artículo 33 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1183/2020,
de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de
energía eléctrica.
cve: BOE-A-2022-20160
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 288
Jueves 1 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 164789
d) En todo lo no previsto en esta orden será de aplicación lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y su normativa de desarrollo, así
como en las demás disposiciones que resulten de aplicación.
e) La normativa aplicable en materia de prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y el conflicto de intereses:
1.º En aplicación de la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 5 de julio de 2017, la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero por la que se
modifica la ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal para transponer
directivas de la Unión Europea en los ámbitos financieros y de terrorismo, y abordar
cuestiones de índole internacional.
2.º El Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/1995 del consejo, de 18 de diciembre
de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades
Europeas;
3.º El artículo 61 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento
Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al
Presupuesto General de la Unión europea (Reglamento financiero).
4.º El artículo 53 del real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
relativo a los principios éticos; el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, relativo a
la abstención, y el artículo 24 del mismo cuerpo legal, relativo a la recusación.
Adicionalmente, serán de aplicación los Planes de Medidas Antifraude en el ámbito
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobados tanto por el Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico como por el IDAE, así como los
procedimientos contemplados en dichos Planes.
f) La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres
3. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la
ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta Ley.
4. Asimismo, será de aplicación la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 y el Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, en lo que se refiere a la vinculación legal a finalidad de los fondos
recibidos por transferencia al IDAE procedentes del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, así como el tipo de concurrencia, la publicación de
las bases, las obligaciones de control, el seguimiento de la ejecución y el reintegro de
fondos.
Artículo 3. Tipos de actuaciones objeto de las ayudas.
1. Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos innovadores de almacenamiento
energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir
de fuentes renovables, sin perjuicio de que las respectivas convocatorias limiten la
tipología de proyectos elegibles.
En cuanto al concepto de hibridación se estará a lo dispuesto en el artículo 33 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1183/2020,
de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de
energía eléctrica.
cve: BOE-A-2022-20160
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 288