III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Subvenciones. (BOE-A-2022-20166)
Orden SND/1182/2022, de 22 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de cualquier titularidad, sin ánimo de lucro, con destino a la financiación de programas supracomunitarios de prevención y control de la infección por VIH y otras infecciones de transmisión sexual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 1 de diciembre de 2022

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julio, en lo relativo al procedimiento de recaudación de recursos no tributarios ni
aduaneros de titularidad de la Administración General del Estado a través de entidades
colaboradoras.
Artículo 18. Modificación de la subvención.
1. Una vez recaída la resolución de concesión, la beneficiaria podrá solicitar de
manera excepcional y motivada la modificación de su contenido, dirigiéndose al órgano
instructor.
2. La distribución de la subvención por importes y conceptos presupuestarios tiene
carácter vinculante. Las cantidades asignadas a los conceptos presupuestarios de cada
programa subvencionado, podrán incrementarse hasta un máximo de un 10% en
detrimento de la cuantía asignada a otros conceptos cuando las necesidades de
ejecución del programa lo requieran, precisando de la presentación de la debida
motivación ante el órgano instructor y respetando en todo caso el importe total de la
subvención asignada a dicho programa, excepto en aquellos conceptos que tienen
limitada su cuantía, que no podrá superarse en ningún caso. Si fuese necesario incluir
conceptos de gasto no contemplados en el programa, transformar o anular los existentes
o modificar algún elemento del programa, será precisa la autorización del órgano que
dictó la resolución.
3. Las circunstancias que pueden considerarse excepcionalmente para la
modificación de la resolución serán:
a) Modificación de los conceptos presupuestarios: Si se produjeran condiciones
extraordinarias que afectasen la realización del programa en los términos apreciados
para la concesión de subvención, la entidad beneficiaria podrá solicitar al órgano
instructor la modificación motivada de cambios de conceptos de gasto, respetando en
todo caso el importe total de la subvención asignada a dicho programa.
No podrán ser incrementados, en ningún caso, los conceptos que tienen un gasto
limitado (dietas y viajes, gestión y administración, gastos derivados de la revisión de
cuenta justificativa por auditoría y gastos indirectos subvencionables).
b) Modificación de la ejecución: la entidad beneficiaria podrá solicitar con carácter
extraordinario y motivado al órgano instructor durante el plazo de ejecución, cambios en
determinados contenidos del programa subvencionado tales como el plazo de ejecución,
lugares, o las fechas de realización de las actividades, material didáctico o número de
ejemplares editados.
4.

La solicitud de modificación deberá contener, al menos, la siguiente información:

5. La solicitud de modificación de la subvención podrá solicitarse en los términos
previstos en el artículo 64 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y requerirá la autorización del órgano que dictó la resolución.
Deberá solicitarse por escrito por medios electrónicos a través del registro electrónico
disponible en la sede electrónica asociada al Ministerio de Sanidad, antes de dos meses
de la finalización del plazo de ejecución del programa, entendiéndose desestimada de no
concederse mediante resolución expresa, dictada y publicada en el plazo de quince días

cve: BOE-A-2022-20166
Verificable en https://www.boe.es

a) Datos identificativos de la entidad beneficiaria y programa objeto de subvención.
b) Una exposición adecuada, suficiente y detallada de las razones para la solicitud
de la modificación, así como de la necesidad para alcanzar los objetivos previstos para el
programa.
c) En su caso, una nueva previsión de gastos, desglosada por conceptos
presupuestarios, reflejando los cambios.
d) En su caso, un nuevo cronograma de ejecución de las actividades que refleje los
cambios efectuados, indicando en todo caso la localización geográfica y calendario de
ejecución de las mismas.