III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-20163)
Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 1 de diciembre de 2022

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para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que
establezcan las normas nacionales y europeas.
c) No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa
de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario ilegal e
incompatible con el mercado común.
d) Encontrarse al corriente del pago de las obligaciones de reembolso de
cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los
créditos específicamente consignados para la gestión de estos fondos en los
Presupuestos Generales del Estado.
e) Cualquier otro que requiera la convocatoria.
El incumplimiento de cualesquiera de los requisitos anteriores podrá ser causa de la
pérdida de derecho al cobro o del reintegro de la ayuda concedida según la fase
procedimental en que se halle la tramitación del expediente.
Artículo 11.

Obligaciones de los beneficiarios.

1. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y las concordantes incluidas en su reglamento de
desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como las que se
establezcan en la convocatoria y en la resolución de concesión.
2. Los beneficiarios están obligados a aceptar la ayuda en los términos que se
establezcan en el procedimiento de concesión y a realizar la actividad objeto de la ayuda
conforme a los objetivos y al plan de trabajo acordado como parte de la resolución de
concesión, que tiene carácter vinculante, así como a los planes anuales que se
presenten y al resto del contenido de la resolución de concesión y a sus eventuales
modificaciones.
3. Deberán acreditar la aportación de las garantías económicas que se exijan en las
convocatorias.
4. Asimismo, deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad
detalladas en el artículo 31 de esta orden de bases.
5. Las cátedras universidad-empresa deberán constar de la universidad beneficiaria
y al menos una entidad del sector productivo, sin perjuicio de la adhesión de otras
entidades adicionales. La entidad del sector productivo que se establece como
obligatoria deberá cumplir:

Las universidades beneficiarias solicitarán a la entidad del sector productivo que
entre a formar parte de la cátedra que garantice la cantidad que debe ser objeto de
aportación económica por su parte y que debe alcanzar como mínimo el 25 % del
importe total del proyecto.
6. Las universidades públicas beneficiarias de la ayuda estarán obligadas a
suscribir un convenio entre la universidad pública y las demás entidades que formen
parte de la cátedra universidad-empresa, debiendo definirse en cada convocatoria cuál

cve: BOE-A-2022-20163
Verificable en https://www.boe.es

a) Ser una entidad que tenga actividad económica en un sector relacionado con el
área temática de la cátedra, debiendo presentar, si las convocatorias lo determinan, una
relación de trabajos y servicios que acrediten este requisito.
b) Colaborar con la universidad beneficiaria y resto de entidades integrantes de la
cátedra en el fomento de la colaboración universidad-empresa, que resulten en la
aplicación de resultados de investigación a productos o servicios de valor añadido dentro
del tejido industrial español.
c) Poner al servicio de la cátedra el conocimiento del área de mercado en el que
aplicar los resultados de investigación, así como los medios técnicos y de personal, en
su caso, que sean necesarios para asegurar una transferencia de conocimiento efectiva
dentro de la cátedra.
d) Aquellas que, en su caso, establezcan las convocatorias.