III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-20163)
Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de diciembre de 2022

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como objetivo dar respuesta a los desafíos de los sectores estratégicos nacionales a
través de la I+D.
Esta orden se estructura en dos capítulos y un anexo. El primer capítulo recoge las
disposiciones generales de aplicación en relación con el objeto y ámbito de la ayuda y
los/las beneficiarios/as, destacando sus requisitos y obligaciones; también regula
características de las ayudas en relación con la modalidad de ayudas, gastos
subvencionables, financiación y establece las disposiciones de carácter general que se
aplican a subcontrataciones.
El segundo capítulo recoge los aspectos relacionados con el procedimiento de
gestión; órganos competentes, iniciación, instrucción, resolución, órganos y criterios de
evaluación y condiciones para las modificaciones de la resolución, así como los
procedimientos de justificación, comprobación y seguimiento de los proyectos y de
reintegro de las ayudas. El anexo incluye la convocatoria.
La razón de que sea la Administración General del Estado la que ejecute la
subvención, queda justificada en el hecho de que se trata de una actividad de
investigación. La regla 15.ª del artículo 149.1 de la Constitución, atribuye al Estado la
competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación
científica y técnica.
Esta competencia incluye, de acuerdo con la sentencia del Tribunal
Constitucional 53/1988 el fomento de la investigación y el apoyo de actividades
directamente conducentes a descubrimientos científicos o avances técnicos, así como la
divulgación de los resultados obtenidos y el apoyo e incentivo de actividades
investigadoras mediante ayudas económicas.
Las actividades a las que se destinan las subvenciones establecidas en esta orden
de bases por parte de la Administración General del Estado implican una actividad de
investigación, creando cátedras universidad-empresa, por lo que puede tener
implicaciones que afectan al ámbito académico o científico en todo el territorio nacional,
lo que justifica su carácter supraautonómico, lo que requiere un alto grado de
homogeneización, no susceptible de fraccionamiento, que justifican la centralización de
la gestión.
La apreciación de la necesidad de esa centralización es, por otra parte, competencia
del Estado, único competente para establecer los casos en los que concurren esas
circunstancias y para valorar la participación en ese proceso de las comunidades
autónomas (STC 31/10, F.J. 62).
Además, dado que el ámbito de aplicación es todo el territorio nacional, y en
beneficio de su efectividad y operatividad, es conveniente la concentración de fondos
que los financian.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de acuerdo con el
Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, es el departamento de la
Administración General del Estado encargado, entre otras competencias, de la propuesta
y ejecución de la política del Gobierno en materia y de desarrollo de la sociedad de la
información. Todo ello sin perjuicio de las competencias que pueden asumir las
Comunidades Autónomas a este respecto, que quedan delimitadas, por la regla 17.ª del
artículo 148 de la Constitución, al fomento de la investigación.
Esta orden se ha aprobado de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en todo lo no regulado por el citado Real
Decreto-ley, por lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 17.1 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dicho artículo prevé que, en el ámbito de la Administración General del Estado, así
como de los organismos públicos y restantes entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de aquella, los ministros
correspondientes establecerán las oportunas bases reguladoras de la concesión de

cve: BOE-A-2022-20163
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Núm. 288