III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-20163)
Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
64 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 164842

Las ayudas contribuyen en un 100 % al etiquetado digital asignado al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia según el anexo VII del Reglamento del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (etiqueta 09bis) y contribuyen al hito 251 de la
reforma con código C16.R1.3.2 del Council Implementation Decision (CID): «Apoyo a
proyectos sobre la inteligencia artificial – Atracción de Talento», con indicador cualitativo
«Publicación y financiación de las ayudas del programa» en el último trimestre de 2023.
También contribuyen al hito 253 (de la C16.R1) «Finalización de proyectos sobre
inteligencia artificial», con indicador cualitativo «Notificación de la finalización» en el
primer trimestre de 2026. Esta medida no tiene asociada una etiqueta verde en los
términos previstos por los anexos VI y VII del Reglamento 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y
su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica
(2021/C 58/01) sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo», con
lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (CID) y su
documento anexo, así como en la Decisión sobre los Acuerdos Operativos (OA), todas las
actuaciones que se lleven a cabo en cumplimiento de la presente orden deben respetar el
principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus
siglas en inglés, «Do No Significant Harm»). Ello incluye el cumplimiento de las condiciones
específicas asignadas en la Componente 16, así como en la medida R1 en la que se
enmarcan dichas actuaciones, tanto en lo referido al principio DNSH, como al etiquetado
climático y digital, y especialmente las recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento
del Componente del Plan, en la CID y en el OA.
Respecto a la prevención, detección, corrección y persecución del fraude, corrupción
y conflicto de intereses, la presente orden cumple con lo establecido Reglamento (UE,
Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018,
sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y las
instrucciones definidas por la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En este sentido, se han desarrollado acciones específicas en esta materia, en línea con
el marco definido por el Plan de medidas antifraude del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital publicado en el portal web del Ministerio (https://
portal.mineco.gob.es/).
A efectos de lograr la detección y prevención de conflictos de intereses por parte del
órgano gestor se ha de realizar una autoevaluación previa para detectar las potenciales
áreas de mejora en materia de prevención de conflicto de intereses, y se han establecido
sesiones de formación al personal responsable de la elaboración, tramitación y
seguimiento de las ayudas amparadas por la presente orden con objeto de poder definir
e identificar situaciones de potencial conflicto de intereses como resultado de dicha
autoevaluación.
Así mismo, todo personal, propio o externo, que participe en la gestión de estas
ayudas deberá firmar un Documento de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI), y se
han establecido procedimientos internos para la notificación, evaluación y en su caso
recusación de personas con conflicto de intereses en la gestión de las ayudas. Todas
estas medidas se añaden a los mecanismos de prevención de conflicto de intereses con
respecto a los beneficiarios de las ayudas y demás integrantes de las cátedras
universidad-empresa financiadas a través de ellas que recoge el articulado de la
presente orden.
La presente orden se alinea, así mismo, con la Estrategia Española de Ciencia,
Tecnología e Innovación y con el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de
Innovación 2021-2023, del Ministerio de Ciencia e Innovación, en tanto en cuanto tiene

cve: BOE-A-2022-20163
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 288