III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-20010)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, sobre realización de prácticas académicas.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 163997

En el caso de los estudiantes mayores de veintiocho años o de aquellos matriculados
en enseñanzas propias de la UCM, corresponderá a la Coordinación de Prácticas de la
Titulación asegurarse de que el estudiante esté cubierto por el correspondiente seguro
de accidente y cuantos puedan resultar obligatorios.
Si las prácticas tuvieran lugar fuera del territorio nacional, la UCM, a través del centro
correspondiente, se asegurará de que el estudiante disponga de una póliza de seguros
de asistencia sanitaria y repatriación.
F. Ayudas al estudio. Los alumnos que se beneficien de las estipulaciones
recogidas en el presente convenio no percibirán retribución alguna ni recibirán del
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática bolsa o
ayuda al estudio de ninguna clase y tampoco devengarán derecho alguno a
indemnización por finalización de las prácticas.
G. Régimen económico y laboral. La ejecución de este convenio no implica para el
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática ningún
gasto adicional a los de funcionamiento ordinario.
La participación del Ministerio en el programa de prácticas no supone la adquisición
de más compromisos que los estipulados en el presente convenio. Dado el carácter
formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en
ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral o estatutaria, ni su contenido
podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Estas prácticas no podrán suponer en ningún caso el ejercicio de funciones, tareas o
competencias correspondientes al personal funcionario o laboral de la Administración
General del Estado. Con el fin de prevenir situaciones de cesión ilegal de trabajadores,
ambas partes velarán por la no extralimitación de la actividad de los participantes en las
prácticas de lo previsto en el régimen normativo de las prácticas académicas y en este
convenio.
Asimismo, y en el caso de que al término de los estudios el estudiante se incorporase
a la plantilla del Ministerio, el tiempo de las prácticas no se computará a efectos de
antigüedad ni eximirá del período de prueba, salvo que en la normativa o el oportuno
convenio colectivo aplicables estuviera expresamente estipulado algo distinto.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y
demás Organismos Públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas
externas no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni
será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
Cuarta. Obligaciones de la UCM (a través del centro correspondiente u órgano
responsable de la titulación).
1. Elaborar el anexo que se incorpora al presente convenio por cada uno de los
estudiantes en prácticas seleccionados por la Universidad donde se consigne la
siguiente información: Datos personales del estudiante, titulación, fecha de incorporación
y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el
horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor del Ministerio. Además, el
anexo del Estudiante deberá incorporar el proyecto formativo en el que se harán constar
los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así como las
actividades formativas que desarrollará. El órgano responsable de la titulación resolverá
cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas o del TFG/TFM.
2. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor del Ministerio en todos aquellos aspectos que afecten
al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
3. Podrá proponer que los tutores de prácticas designados por el Ministerio, reciban
el nombramiento honorífico de «Tutor/a en Prácticas Externas», de acuerdo con las
condiciones establecidas por el Consejo de Gobierno de la UCM. Los trámites
necesarios para la obtención del reconocimiento, serán realizados por el responsable del
centro UCM, que elevará al Vicerrectorado competente la propuesta del nombramiento.

cve: BOE-A-2022-20010
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 287