III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-20018)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas y trabajos de fin de grado y máster en el Centro de Investigación y Control de la Calidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

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de las partes para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decretoley, en caso contrario, se dará por extinguido el convenio.
La participación de la DGC en el programa de prácticas no supone la adquisición de
más compromisos que los estipulados en el presente convenio. Dado el carácter
formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en
ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar
lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Asimismo, y en el caso de que al término de los estudios se incorporase a la plantilla
de la entidad colaboradora, el tiempo de las prácticas no se computará a efectos de
antigüedad ni eximirá del período de prueba, salvo que en el oportuno convenio colectivo
aplicable estuviera expresamente estipulado algo distinto.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y
demás Organismos Públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas
externas no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni
será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
I. Financiación. La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones
financieras o contraprestación económica para ninguna de las partes.
J. Derechos y obligaciones del estudiantado. Durante la realización de las prácticas
académicas externas, serán de aplicación los derechos y obligaciones que establece el
artículo 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, así como los establecidos en las Directrices
de Prácticas Externas de la UAM. Será extensiva esta aplicación, en cuanto pueda
corresponder, a los casos de estancias para la realización de TFG/TFM.
K. Código ético. Las prácticas se atendrán al código ético de la UAM aprobado por
Consejo de Gobierno de 16 de julio de 2020 (BOUAM núm. 7, de 4 de septiembre
de 2020).
Quinta.

Condición de entidad colaboradora de la UAM.

Reconocimiento de la función de tutela profesional al personal asignado a las
tutorías, lo que se podrá certificar por parte de la Secretaría Académica del centro de la
UAM correspondiente.
Quienes ejerzan la tutela profesional tendrán derecho a recibir información acerca de
la normativa que regula las prácticas externas.
Durante el curso académico en que desarrollen su labor de tutorización, las personas
que ejerzan la tutela profesional tendrán acceso a todos los servicios de la UAM, en
iguales condiciones que el resto de los participantes de AlumniUAM (acceso al servicio
de deportes, acceso al abono del ciclo de conciertos, utilización de la fonoteca, acceso a
actividades culturales, entre otras). En todo caso podrán formar parte de AlumniUAM+,
conforme a las condiciones que se establecen en el Programa AlumniUAM (https://
alumni.uam.es/sumate/hazte-alumniuam). Asimismo, el Centro de la UAM
correspondiente podrá organizar, individualmente o en colaboración con otras entidades,
actividades de formación dirigidas a los tutores profesionales.
A partir del segundo año de colaboración en la tutela profesional, una vez finalizadas
las prácticas externas, y considerando su labor, a propuesta del mencionado Centro y
mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAM, se podrá recibir el nombramiento
de Profesorado Honorario de la UAM.
Sexta. Protección de datos y transparencia.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos

cve: BOE-A-2022-20018
Verificable en https://www.boe.es

Durante el tiempo de vigencia de este convenio, el CICC gozará del título de entidad
colaboradora en prácticas externas de la UAM, recibiendo las siguientes
contraprestaciones: