III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-20018)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas y trabajos de fin de grado y máster en el Centro de Investigación y Control de la Calidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

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que los estudiantes de la UAM puedan realizar prácticas curriculares y extracurriculares,
no remuneradas, en el CICC que les permitan a los mismos aplicar y complementar los
conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, se facilite
su empleabilidad, su formación en materia de investigación, puesta a punto y validación
de métodos y ensayos eficaces de análisis. y su capacidad de emprendimiento.
Ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y ámbito de aplicación del convenio.

El presente convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes de
la UAM realizarán un programa de prácticas externas o la realización del Trabajo de Fin
de Grado/Máster (en adelante, TFG/TFM), en el CICC, de cualquier enseñanza impartida
por la Universidad, tanto oficiales como propias, relacionada con la realización de
análisis, pruebas y ensayos de carácter físico, químico o biológico encaminado a la
investigación y el control de calidad a los distintos productos de consumo, tanto
alimenticios como industriales, presentes en el mercado, según las condiciones
particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo,
que figurará en el anexo 1 de este convenio. Así mismo, se estará especialmente a lo
dispuesto en el artículo 24.10 del Estatuto del Estudiante Universitario.
Segunda.

Obligaciones de la UAM.

1. Cumplimentar el anexo a este convenio para cada estudiante en prácticas donde
se consigne la siguiente información: Datos personales, titulación, tipo de práctica
(curricular o extracurricular), fecha de incorporación y finalización de la
práctica/TFG/TFM, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el horario, así
como el nombre las personas responsables de la tutela académica y profesional.
Además, el Anexo deberá incorporar el proyecto formativo en el que se harán constar los
objetivos educativos y las competencias que se deben adquirir, así como las actividades
formativas que se desarrollarán.
2. Supervisar las prácticas externas/TFG/TFM, estableciendo los mecanismos
adecuados para su seguimiento y evaluación, designando una persona que ejercerá la
tutela académica que velará por el normal desarrollo del proyecto formativo, colaborará
con la tutora o tutor del CICC en todos aquellos aspectos que afecten al mismo, así
como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
Obligaciones de la DGC.

1. En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitar que el
estudiantado pueda realizar sus exámenes y el resto de actividad académica, formativa y
de representación y participación, que sea comunicada con suficiente antelación.
2. Nombrar a una tutora o tutor que se responsabilizará de la formación de cada
estudiante y de la valoración de su estancia, facilitando a la tutela del centro Universidad
donde esté matriculado cada estudiante el informe de aprovechamiento de las prácticas
a su finalización, en el que con carácter general constará el tiempo de prácticas
realizado, las horas totales, su contenido, el grado de aprovechamiento y participación,
su rendimiento y las competencias adquiridas. Asimismo, deberá informar de las
modificaciones y de cualquier incidencia que pueda producirse durante las prácticas.
3. En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM, el estudiantado deberá
contar con un/a responsable o tutor/a en nombre de la entidad que actuará de forma
coordinada con su tutor/a en la Universidad, y de acuerdo con la normativa general del

cve: BOE-A-2022-20018
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.