II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2022-19934)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector/a, de la Policía Nacional.
38 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 163486

A los efectos de esta puntuación, únicamente se tendrá en cuenta el empleo máximo
alcanzado, no considerándose aquellos ostentados para la consecución de aquel.
Dicha puntuación se incorporará a la suma final de la obtenida durante la fase de
oposición, a los que superen esta.
6.14 Deportistas de alto nivel. Conforme a lo dispuesto en el Real
Decreto 637/2010, de 14 de mayo, por el que se prevé la incorporación de los
deportistas de alto nivel a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se
considerarán méritos haber alcanzado en los últimos cinco años, a contar desde la fecha
de publicación de la convocatoria, la condición de deportistas de alto nivel. La evaluación
de este mérito se realizará de acuerdo con la puntuación que a continuación se señala:
1.
2.
3.

Incluidos en el grupo de deportistas A: 0,35 puntos por cada año.
Incluidos en el grupo de deportistas B: 0,25 puntos por cada año.
Incluidos en el grupo de deportistas C: 0,20 puntos por cada año.

Dicha puntuación se incorporará a la suma final de la obtenida durante la fase de
oposición, a los que superen esta.
6.15 Servicio prestado como personal funcionario de la Policía Nacional. Conforme
a lo dispuesto en la Orden del Ministro del Interior, de 30 de junio de 1995, será
considerado como mérito para el ingreso por el sistema de oposición libre en la Escala
Ejecutiva de la Policía Nacional el tiempo de servicio prestado como personal funcionario
de dicho Cuerpo, el cual será valorado, durante la fase de oposición, a los que superen
esta con la puntuación que se establece a continuación, que se incorporará a la suma
final de la que se obtenga en las pruebas realizadas.
Puntuación:
– Por cada año de servicio en la categoría de Policía: 0,20 puntos.
– Por cada año de servicio en la categoría de Oficial de Policía: 0,30 puntos.
– Por cada año de servicio en la categoría de Subinspector: 0,40 puntos.
En el supuesto de que en un mismo año se hayan ostentado dos categorías se
tendrá en cuenta la de mayor puntuación.
6.16 Cómputo de méritos. Para el cómputo de los méritos por los servicios
prestados como personal funcionario de Policía Nacional, en las Fuerzas Armadas y por
haber ostentado la condición de deportista de alto nivel, se considerará como fecha
límite la del último día del plazo de presentación de las solicitudes de admisión al
proceso.
7.

Acreditación documental

a) Original y copia auténtica de la titulación académica a que se refiere la
base 2.1.h) de la presente convocatoria (Grado). Aquellas personas que aleguen
estudios equivalentes a los específicamente señalados en dicha base, habrán de citar la
disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación
en tal sentido del Ministerio de Educación.
b) Documento acreditativo, en su caso, de los servicios prestados en las Fuerzas
Armadas.
c) Documento acreditativo, en su caso, de haber ostentado la condición de
deportista de alto nivel.

cve: BOE-A-2022-19934
Verificable en https://www.boe.es

7.1 Presentación de documentos. En la fecha en que sean convocadas a realizar la
lectura del supuesto, las personas opositoras que autorizaron expresamente a la División
de Formación y Perfeccionamiento, para recabar los antecedentes obrantes en el
Registro Central de Penados, en la Dirección General de Tráfico sobre el permiso de
conducción y en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad sobre los datos de
identidad, presentarán al tribunal los siguientes documentos: