I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2022-19915)
Real Decreto 995/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el ámbito de la transición ecológica para actividades de interés general consideradas de interés social, financiadas con cargo a la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades, prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

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trámite de audiencia e información pública previstos en el artículo 26.6 de la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y atiende al principio de eficiencia, pues
no supone cargas administrativas accesorias y contribuye a la gestión racional de estos
recursos públicos existentes.
Es preciso clarificar que el gasto correspondiente a las subvenciones que se regulan
en este real decreto no se imputa a los fondos del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. Concretamente figura incluido en los Presupuestos
Generales del Estado para 2022, en la aplicación 23.12.451O.486, por importe
de 968.240 euros.
No obstante, según lo establecido en el anexo II, apartado segundo, once c) de la
Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022, el crédito podrá ampliarse hasta una suma igual a las obligaciones que se
reconozcan, previo el cumplimiento de las formalidades legalmente establecidas o de las
que se establezcan.
El importe definitivo de la asignación tributaria al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico correspondiente a fines sociales como consecuencia de
las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades, asciende a 796.731,81 euros, que
resulta de aplicar el porcentaje del 2,85% asignado al MITERD en la disposición
adicional octogésima primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, a la cuantía
resultante de la liquidación definitiva del Impuesto sobre Sociedades 2020, que según ha
comunicado formalmente la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, asciende
a 27.955.502,11 euros. En consecuencia, se limitará la convocatoria al importe definitivo
comunicado formalmente por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
En la tramitación de este real decreto se ha recabado informe de la Abogacía del
Estado, de la Oficina Presupuestaria, de la Intervención Delegada y de la Secretaría
General Técnica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; del
Ministerio de Política Territorial conforme a lo previsto en el art 26.5 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre; del Ministerio de la Presidencia, relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática (art 26.9 Ley 50/1997, de 27 noviembre) y del Ministerio de
Hacienda y Función Pública, conforme a lo previsto en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre y artículo 26.5, párrafo 5.º de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre.
También se ha realizado el trámite de información pública y audiencia previsto en el
artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en las reglas 13.ª y 15.ª del
artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuyen al Estado las competencias en
materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
En su virtud, a propuesta de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de noviembre
de 2022,
DISPONGO:

1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter
excepcional y por razones de interés público y social, de cuatro subvenciones de
carácter singular, a favor de las entidades beneficiarias que figuran en el apartado 1 del
artículo 3, y para las actuaciones mencionadas en el apartado 2 del mismo artículo,
destinadas al fomento de la investigación científica y técnica en materia de defensa,
protección del medio ambiente y sostenibilidad, con una especial atención a aquellas
áreas o aspectos que siguen afectados por la situación de emergencia sanitaria por el
COVID-19 y de emergencia energética y económica como consecuencia de la guerra de
Ucrania.

cve: BOE-A-2022-19915
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Objeto.