I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Agricultura. Registro. (BOE-A-2022-19911)
Real Decreto 988/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas normas en materia agraria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de noviembre de 2022

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Por último, como complemento a lo anterior, es necesario desarrollar algunas de las
funciones en materia medioambiental de la Mesa de ordenación de los sectores
ganaderos, contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero,
que se realiza por medio de grupos de trabajo especializados.
El real decreto, en consecuencia, opera como vehículo para regular el modo de
computar y registrar las Mejores Técnicas Disponibles con incidencia ambiental en las
explotaciones ganaderas, en los términos y condiciones fijados en esta norma y en las
concordantes regulaciones de ordenación de las explotaciones ganaderas.
El presente real decreto se dicta sin perjuicio de lo establecido en el Reglamento
(CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009,
por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y
los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el
Reglamento (CE) n.º 1774/2002 (Reglamento sobre subproductos animales), y en el
resto de la normativa SANDACH, tanto europea, como nacional.
Por lo demás, cabe destacar que el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (PRTR) está estructurado en torno a diez políticas palanca, entre las cuales
se encuentra la política número 1, referida a la «Agenda Urbana y Rural, lucha contra la
despoblación y desarrollo de la agricultura». A su vez, esta integra el componente 3
sobre «Transformación ambiental y digital del sector agroalimentario y pesquero», cuyo
objetivo es mejorar la resiliencia y la competitividad de un sector económico estratégico
como el sector agroalimentario, apoyando la consecución de los objetivos climáticos,
medioambientales y de descarbonización de la economía.
Este real decreto responde a los compromisos del citado Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia para en el ámbito del componente 3, y por tanto, contribuye
a la mejora de la sostenibilidad ambiental de la ganadería mediante el desarrollo del
Registro General de Mejores Técnicas Disponibles (MTD) para facilitar el cálculo de las
emisiones gases contaminantes y de efecto invernadero en las granjas de porcino y
aves, así como la inclusión de otros datos medioambientales.
Asimismo, con el presente real decreto se contribuye al cumplimiento del hito
número 41 establecido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
relativo a la reforma C03.R02 «Desarrollo y revisión del marco regulatorio en materia de
sostenibilidad ambiental de la ganadería» recogido en el anexo a la Decisión de
Ejecución del Consejo, de 16 de junio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación
del plan de recuperación y resiliencia de España. El citado hito se culmina con la
aprobación de la presente norma, que se suma a los otros dos compromisos recogidos
en el mismo, articulados por medio de los recientes Real Decreto 306/2020, de 11 de
febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas
intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de
ganado porcino extensivo, y Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se
establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.
Finalmente, cabe destacar que aunque ha sido objeto de una tramitación específica,
por razones de eficiencia y de seguridad jurídica, en atención a la reducción de la
dispersión normativa, mediante este real decreto se modifica el Reglamento sobre
acceso a los recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación y a los cultivados
para utilización con otros fines, y se modifican diversos reales decretos en materia de
productos vegetales, aprobado por Real Decreto 429/2020, de 3 de marzo, en lo relativo
a los productores de material vegetal de reproducción de variedades de conservación y
variedades desarrolladas para su cultivo en condiciones determinadas, a fin de
establecer la necesidad de su inscripción en el Registro de operadores profesionales de
vegetales (ROPVEG), dentro de la tipología de productor correspondiente.
En la elaboración de este real decreto se ha consultado a las comunidades
autónomas y los sectores afectados.
Esta norma se adecua a los principios de buena regulación, previstos en el
artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones públicas. Así, sobre los principios de necesidad y

cve: BOE-A-2022-19911
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Núm. 287