I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Agricultura. Registro. (BOE-A-2022-19911)
Real Decreto 988/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas normas en materia agraria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de noviembre de 2022

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reducción de emisiones, aplicable a todas las explotaciones ganaderas a partir de una
dimensión media, a través de la aplicación obligatoria de las Mejores Técnicas
Disponibles, tal y como se definen en el texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16
de diciembre. En el caso del sector avícola, el Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por
el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas, también
establece un programa de reducción de emisiones a través de la implantación de MTDs
en las explotaciones ganaderas a partir de determinado tamaño. Dichas MTDs se han
establecido con base en las descritas en la Decisión de Ejecución (UE) 2017/302 de la
Comisión, de 15 de febrero de 2017.
Asimismo, en estas normas también se incorporan medidas para cumplir con los
compromisos nacionales de reducción de emisiones de amoniaco establecidos en el
Real Decreto 818/2018, de 6 de julio, sobre medidas para la reducción de las emisiones
nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, y con los objetivos climáticos
de España recogidos en el Reglamento (UE) 2018/842 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre reducciones anuales vinculantes de las
emisiones de gases de efecto invernadero por parte de los Estados miembros entre 2021
y 2030 que contribuyan a la acción por el clima.
En su virtud, el artículo 11 del citado Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, crea
el Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones, que es
gestionado por la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación. Dicho Registro General constituye un instrumento
para garantizar el cumplimiento de los programas de reducción de emisiones que
establecen las normativas de ordenación en los distintos sectores ganaderos, fomentar
la mejora del comportamiento medioambiental de las explotaciones ganaderas, así como
para seguir la evolución de la situación, demostrar los avances en la reducción de la
contaminación y la lucha contra el cambio climático, y corroborar el grado de
cumplimiento de los acuerdos internacionales adquiridos por el Reino de España en
materia medioambiental y climática, en los términos ya referidos.
Por otro lado, este real decreto regula el soporte nacional para el cálculo,
seguimiento y la notificación de las emisiones en ganadería, que se materializa mediante
el sistema informatizado ECOGAN. Este sistema informatizado, desarrollado por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en coordinación con el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, permite estimar las emisiones
contaminantes y de gases de efecto invernadero y el consumo de recursos de una granja
concreta a lo largo del proceso productivo, teniendo en cuenta las técnicas y
procedimientos utilizados en la alimentación de los animales, en el diseño y manejo de
los alojamientos, así como en el almacenamiento y gestión de los estiércoles y purines
producidos. Las estimaciones de dichas emisiones se realizan de acuerdo con directrices
actualizadas establecidas por el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático
(IPCC) y el Programa Europeo de Evaluación y Control Ambiental (EMEP/EEA) y otras
instituciones con competencia en la materia, permitiendo la estimación de las emisiones
de amoniaco, metano y óxidos de nitrógeno con un nivel de complejidad avanzado, de tal
manera que sean compatibles con el Sistema Español de Inventario y Proyecciones que
se establece mediante la citada Ley 34/2007, de 15 de noviembre, y cuyo
funcionamiento se desarrolla en el citado Real Decreto 818/2018, de 6 de julio.
Además de establecer la estructura y contenidos básicos del Registro General de las
Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones, este real decreto establece las
obligaciones de los titulares de las explotaciones ganaderas, la información que debe
proporcionar cada granja, así como la relación de la información proporcionada con otras
obligaciones medioambientales de los titulares.
Todos los requisitos relativos al suministro de información y datos establecidos en el
presente real decreto respetan las normas sobre protección de datos, sobre
confidencialidad comercial, y de los intereses económicos de los operadores
comerciales.

cve: BOE-A-2022-19911
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Núm. 287