I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Agricultura. Registro. (BOE-A-2022-19911)
Real Decreto 988/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas normas en materia agraria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 163329

xv. Para nave de estiércol, si el sistema de almacenamiento exterior tiene la
suficiente capacidad como para almacenar el estiércol durante el tiempo suficiente hasta
que pueda utilizarse en campo.
xvi. Tipo de cubierta (si dispone) y superficie que está cubierta (superficie total y
superficie cubierta en m2).
c)

Tratamiento de los estiércoles:

i. Compostaje: en sistema cerrado (In Vessel), pilas estáticas con aireación forzada
(Static Pile) o pasiva (Passive Windrow), pilas con volteo (Intensive Windrow), otros.
ii. Digestión anaerobia.
iii. Digestión aerobia.
iv. Utilización de aditivos.
v. Nitrificación/desnitrificación.
vi. Desecación del estiércol mediante la utilización de un túnel de secado exterior
del estiércol.
vii. Otros.
viii. Sin tratamiento.
d) Destino de los estiércoles después del almacenamiento exterior y del
tratamiento:
i. Aplicación directamente a campo o a terreno agrícola.
ii. Entrega a gestor externo.
iii. Otros usos no agrarios.
Será necesario definir el destino de los estiércoles procedentes del citado sistema de
almacenamiento, y en caso de estos tengan varios destinos, se deberá indicar el
porcentaje de los estiércoles para cada uno de los destinos.
3) Registro de los sistemas de almacenamiento y tratamiento de estiércoles
líquidos en la explotación, exterior a los alojamientos:
En explotaciones de aves, en el caso de emplear la técnica de separación sólido/
líquido, la fracción líquida se considera estiércol líquido. En este caso, se deben facilitar
los siguientes datos de gestión de estiércol:

i. Tipo de sistema de almacenamiento exterior de estiércoles líquidos: balsa,
depósito/tanque, bolsa, laguna anaeróbica, digestor anaeróbico y otros.
ii. Dimensiones del sistema de almacenamiento: superficie (m2) y capacidad (m3) de
almacenamiento. En caso de depósito/tanque la altura/profundidad y la forma del
sistema de almacenamiento: rectangular o circular.
iii. Si dispone de capacidad suficiente para los periodos de no aplicación a campo.
iv. Si dispone de base y paredes impermeables (para el caso de balsa y laguna
anaeróbica).
v. Tiempo de almacenamiento del purín: menos de un mes, más de un mes.
vi. Tipo de cubierta (si dispone): costra natural; materiales flotantes no sintéticos;
cubierta rígida; cubierta flexible; piezas sintéticas flotantes; lámina de plástico flexible,
cubiertas neumáticas; otros.
vii. Si reduce al mínimo la agitación del estiércol líquido durante el almacenamiento.
viii. Si se ubica en un lugar protegido de los vientos dominantes y/o existen
medidas para reducir su velocidad alrededor: árboles, barreras naturales, etc.

cve: BOE-A-2022-19911
Verificable en https://www.boe.es

a) Se registrarán todos los sistemas de almacenamiento exterior de estiércol líquido
de la explotación.
b) Para cada sistema de almacenamiento exterior de estiércoles líquidos se
registrará la siguiente información: