III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19805)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Castaño 120 MW, Baobab 85 MW, Serbal 145 MW y Pato 100 MW, y parte de su infraestructura de evacuación asociada, TTMM: Martín Miguel, Abades y Valverde del Majano (Segovia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 162683

contaminadas con aceites, se prohíbe su desagüe, debiéndose proceder a su retirada
por gestor autorizado.
Durante la fase de explotación, se presentará un riesgo de derrames accidentales en
los transformadores. Para mantener el riesgo dentro de niveles aceptables se aplicarán
sistemas de recogida de aceites, cubetos de retención y demás sistemas de control de
fugas incluidos en el proyecto. El saneamiento se realizará mediante fosa séptica en
caso de resultar viable, evitando en todo caso el vertido a terreno. Se deberá comprobar
periódicamente el sistema de recogida de aceites y aguas pluviales para verificar su
correcto mantenimiento. Hay que tener en cuenta que la contaminación del agua por
vertidos accidentales del aceite de la subestación puede alcanzar niveles severos, por lo
que será obligatorio la implantación de medidas de retención y control de fugas
adecuadas.
Según el promotor, con la finalidad de aprovechar al máximo la superficie para la
instalación de módulos, en los casos donde se ha perdido la sección natural del cauce
podría plantearse un canal integrado en la implantación con capacidad suficiente para
disminuir el riesgo de inundación. El trazado de este canal debería respetar el posible
DPH, ser aprobado por la administración competente y mantener sus características de
cauce público.
La Sección de Educación y Evaluación Ambiental del Servicio Territorial de Medio
Ambiente de Segovia señala que destacan, por sus valores ambientales, el extremo
oeste de la planta Pato Solar por su cercanía con el río Moros y las vaguadas del
extremo este de la planta Castaño Solar, por donde discurren arroyos estacionales que
desembocan en el arroyo de la Cárcava, tributario del río Milanillos. En estas zonas, el
entramado de cauces superficiales que aún conservan una cierta vegetación de ribera
natural, con diferentes especies arbustivas y arbóreas, actúan de corredor ecológico y
son merecedoras de una especial conservación.
La Confederación Hidrográfica del Duero señala, en su primer informe, las siguientes
consideraciones (algunas de ellas han sido recogidas en el apartado de condiciones):
− En Serbal Solar no se ha respetado el DPH del arroyo del Canto. Además, la
delimitación de varios de los recintos de las plantas solares es colindante con diferentes
cauces, por lo que se sitúan parcialmente en su zona de policía, y se presentan líneas
subterráneas que atraviesan varios cauces. Con carácter general, se informa
desfavorablemente la intercepción de cauces públicos o su modificación en cualquiera
de sus dimensiones espaciales.
− Los estudios hidrológicos e hidráulicos elaborados por el promotor son aceptables.
La consideración del promotor de implantar las instalaciones fuera de la línea de
inundación correspondiente a 100 años de periodo de retorno supone que se dará
cumplimiento a lo establecido en el Reglamento del DPH aprobado por el Real
Decreto 849/1986, de 11 de abril. Por ello, desde el punto de vista hidrológico e
hidráulico, el organismo considera aceptables las actuaciones solicitadas.
Por otro lado, tras la modificación de las líneas de alta tensión mediante su
soterramiento, la Confederación Hidrográfica del Duero elabora un segundo informe en
el que realiza las siguientes indicaciones (algunas de ellas han sido recogidas en el
apartado de condiciones):
− Las plantas proyectadas se encuentran localizadas sobre la cuenca vertiente
correspondiente a varias masas de agua superficial (DU-550, DU-438 y DU-439) y sobre
la masa de agua subterránea DU-400055 (Cantimpalos).
− Se presentan cruzamientos entre la línea subterránea de media tensión que parte
de Pato Solar y el arroyo de Martín Miguel o arroyo de los Agudinos y con un arroyo
innominado afluente del mismo, y transcurre parte de su trazado por la zona de policía
del arroyo innominado. Además, una mínima parte del trazado de la línea subterránea de
alta tensión discurre por la zona de policía del arroyo del Canto. Por ello, se considera
conveniente que los cruces de cauces por las líneas previstas sean los mínimos

cve: BOE-A-2022-19805
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Núm. 285