III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19805)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Castaño 120 MW, Baobab 85 MW, Serbal 145 MW y Pato 100 MW, y parte de su infraestructura de evacuación asociada, TTMM: Martín Miguel, Abades y Valverde del Majano (Segovia)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 162682
El Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Segovia indica
que se deberá reducir al máximo la iluminación nocturna hacia el exterior. Las luminarias
estarán dotadas de pantallas que limiten la dispersión de la luz e impidan las emisiones
luminosas directas por encima de la horizontal. Se recomienda el número mínimo
necesario de luminarias y un uso imprescindible. El promotor acepta esta condición.
La Sección de Educación y Evaluación Ambiental del Servicio Territorial de Medio
Ambiente de Segovia alega medidas generales para evitar impactos en la calidad del
aire durante la construcción de la planta. Además, realiza la misma consideración que el
anterior organismo con respecto a la iluminación nocturna. El promotor acepta este
condicionado.
La Oficina Española de Cambio Climático señala que el proyecto ahorrará emisiones
de CO2 (13.311,07 t/CO2) al margen del efecto sumidero de carbono de las medidas
correctoras y no realiza alegaciones adicionales. El promotor toma razón de dicho
informe.
b.7) Agua. La zona de estudio en la que se ubica el proyecto se encuentra en la
demarcación hidrográfica del Duero. Los cauces próximos a las PSF que podrían resultar
afectados por el proyecto son cauces innominados, arroyo de Agudino, arroyo
Palazuelos, arroyo del Niño, arroyo de Pontones, arroyo Cárcavas, arroyo de Sancho y
arroyo del Canto.
El área de actuación no se incluye dentro de zonas vulnerables a la contaminación
por nitratos. En relación con las aguas subterráneas, el ámbito del proyecto se asienta
sobre la unidad hidrogeológica núm. 02.18, denominada Segovia. En las inmediaciones
del área de estudio aparecen reflejadas, en la cartografía de la Confederación
Hidrográfica del Duero, varias zonas establecidas como abastecimiento de agua
subterránea, pero ninguna de estas afecta al área de estudio. Para el suministro de
agua, en el caso de no poder aprovechar el suministro municipal, el promotor propone
cómo será este abastecimiento en las páginas 45 y 64 del EsIA.
El EsIA incluye estudios hidrológicos e hidráulicos para la construcción de cada una
de las plantas. Estos estudios señalan que la implantación deberá respetar los límites
indicados en la legislación vigente, sin ocupar el Dominio Público Hidráulico (DPH)
estimado más una franja de 5 m en cada una de las márgenes en concepto de
servidumbre. Además deberá contar con autorización expresa para las obras
comprendidas en una franja de 100 m medidos a partir del DPH definido y los cruces de
caminos o zanjas. El estudio recomienda diseñar la implantación fuera de la línea de
inundación correspondiente a 100 años de período de retorno, garantizando de este
modo la no afección a la denominada Zona de Flujo Preferente.
En vaguadas o puntos bajos por donde discurrirá la escorrentía se podría plantear un
sistema de drenaje que respete la configuración actual del terreno, o evitar instalaciones
y equipos que pudieran verse afectados. Los cruces de zanjas con vaguadas deberán
protegerse mediante un relleno de pedraplén o grava de 20-30 cm de espesor en su
parte superior, a lo largo de toda la longitud afectada, y con un ancho igual al doble de la
zanja normal.
La red de drenaje no se verá afectada por las actuaciones. Además, se respetarán
las distancias mínimas a los cursos de agua para que las posibles inferencias sean
mínimas. La formación de nuevas escorrentías se prevé poco significativa o inexistente,
puesto que no se van a alterar superficies ni pendientes. Se evitará que en los
movimientos de tierras se produzcan acumulaciones de materiales en los cauces y
zonas de policía, facilitando la continuidad de las aguas. Asimismo, el promotor indica
que no existe una red de recogida de pluviales, de manera que el agua de lluvia se
infiltrará en el terreno lo que evitará así una disminución de la capacidad de recarga del
terreno.
Durante la fase de construcción, quedará prohibida la realización de cualquier tarea
de mantenimiento ordinario de maquinaria de obra en la zona de implantación.
Asimismo, en caso de urgencia o necesidad de mantenimiento in situ se extremarán las
precauciones en las labores de reparación. En el caso de que las aguas estén
cve: BOE-A-2022-19805
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 285
Lunes 28 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 162682
El Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Segovia indica
que se deberá reducir al máximo la iluminación nocturna hacia el exterior. Las luminarias
estarán dotadas de pantallas que limiten la dispersión de la luz e impidan las emisiones
luminosas directas por encima de la horizontal. Se recomienda el número mínimo
necesario de luminarias y un uso imprescindible. El promotor acepta esta condición.
La Sección de Educación y Evaluación Ambiental del Servicio Territorial de Medio
Ambiente de Segovia alega medidas generales para evitar impactos en la calidad del
aire durante la construcción de la planta. Además, realiza la misma consideración que el
anterior organismo con respecto a la iluminación nocturna. El promotor acepta este
condicionado.
La Oficina Española de Cambio Climático señala que el proyecto ahorrará emisiones
de CO2 (13.311,07 t/CO2) al margen del efecto sumidero de carbono de las medidas
correctoras y no realiza alegaciones adicionales. El promotor toma razón de dicho
informe.
b.7) Agua. La zona de estudio en la que se ubica el proyecto se encuentra en la
demarcación hidrográfica del Duero. Los cauces próximos a las PSF que podrían resultar
afectados por el proyecto son cauces innominados, arroyo de Agudino, arroyo
Palazuelos, arroyo del Niño, arroyo de Pontones, arroyo Cárcavas, arroyo de Sancho y
arroyo del Canto.
El área de actuación no se incluye dentro de zonas vulnerables a la contaminación
por nitratos. En relación con las aguas subterráneas, el ámbito del proyecto se asienta
sobre la unidad hidrogeológica núm. 02.18, denominada Segovia. En las inmediaciones
del área de estudio aparecen reflejadas, en la cartografía de la Confederación
Hidrográfica del Duero, varias zonas establecidas como abastecimiento de agua
subterránea, pero ninguna de estas afecta al área de estudio. Para el suministro de
agua, en el caso de no poder aprovechar el suministro municipal, el promotor propone
cómo será este abastecimiento en las páginas 45 y 64 del EsIA.
El EsIA incluye estudios hidrológicos e hidráulicos para la construcción de cada una
de las plantas. Estos estudios señalan que la implantación deberá respetar los límites
indicados en la legislación vigente, sin ocupar el Dominio Público Hidráulico (DPH)
estimado más una franja de 5 m en cada una de las márgenes en concepto de
servidumbre. Además deberá contar con autorización expresa para las obras
comprendidas en una franja de 100 m medidos a partir del DPH definido y los cruces de
caminos o zanjas. El estudio recomienda diseñar la implantación fuera de la línea de
inundación correspondiente a 100 años de período de retorno, garantizando de este
modo la no afección a la denominada Zona de Flujo Preferente.
En vaguadas o puntos bajos por donde discurrirá la escorrentía se podría plantear un
sistema de drenaje que respete la configuración actual del terreno, o evitar instalaciones
y equipos que pudieran verse afectados. Los cruces de zanjas con vaguadas deberán
protegerse mediante un relleno de pedraplén o grava de 20-30 cm de espesor en su
parte superior, a lo largo de toda la longitud afectada, y con un ancho igual al doble de la
zanja normal.
La red de drenaje no se verá afectada por las actuaciones. Además, se respetarán
las distancias mínimas a los cursos de agua para que las posibles inferencias sean
mínimas. La formación de nuevas escorrentías se prevé poco significativa o inexistente,
puesto que no se van a alterar superficies ni pendientes. Se evitará que en los
movimientos de tierras se produzcan acumulaciones de materiales en los cauces y
zonas de policía, facilitando la continuidad de las aguas. Asimismo, el promotor indica
que no existe una red de recogida de pluviales, de manera que el agua de lluvia se
infiltrará en el terreno lo que evitará así una disminución de la capacidad de recarga del
terreno.
Durante la fase de construcción, quedará prohibida la realización de cualquier tarea
de mantenimiento ordinario de maquinaria de obra en la zona de implantación.
Asimismo, en caso de urgencia o necesidad de mantenimiento in situ se extremarán las
precauciones en las labores de reparación. En el caso de que las aguas estén
cve: BOE-A-2022-19805
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 285