I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Tributos. Medidas urgentes. (BOE-A-2022-19628)
Decreto-ley 8/2022, de 23 de junio, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para combatir los efectos del COVID-19, se autoriza el destino de remanente del presupuesto de las universidades públicas de Canarias y se adaptan las medidas tributarias excepcionales en la isla de La Palma, al Decreto-ley 4/2022, de 24 de marzo, por el que se modifica el Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma y por el que se modifica el citado Decreto-ley.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 26 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 161139

La vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias
contempla que las universidades públicas canarias deban aprobar y liquidar su
presupuesto en equilibrio en los términos del sistema europeo de cuentas nacionales y
regionales (SEC 2010), previendo que podrán aprobar y liquidar el presupuesto del
ejercicio 2022 con necesidad de financiación únicamente por los gastos necesarios para
afrontar las consecuencias en la actividad docente, investigadora y administrativa por la
pandemia ocasionada por el COVID-19 y por las desviaciones de financiación en gastos
con financiación afectada.
Como resulta público y notorio, la invasión de Ucrania por parte de Rusia está
ocasionando devastadoras consecuencias en todos los ámbitos de la actividad social,
económica y, particularmente, en el orden humanitario, de las que nuestras islas no
resultan ajenas.
En el ámbito económico, el conflicto bélico ha agravado las tensiones que venía
sufriendo la economía europea y mundial y que necesariamente se dejan notar en el
archipiélago, generando, asimismo, una destacada incertidumbre, entre otros factores,
sobre la evolución de los precios que ya han experimentado una elevada escalada en los
últimos meses y cuya contención no va a resultar inminente. Tal situación está
generando un incremento en los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad de
las universidades públicas como consecuencia del aumento de los precios de la energía
eléctrica y de otros suministros y servicios, con origen en acontecimientos como la
referida guerra en Ucrania y los cuellos de botella en las cadenas de suministros tras la
crisis sanitaria originada por el Covid, que hace necesario autorizar a las universidades
públicas de Canarias a liquidar el presupuesto del ejercicio 2022 con necesidad de
financiación, por las necesidades derivadas del incremento, en relación al año 2021, del
gasto en el suministro de energía eléctrica, así como por el aumento, en relación al
año 2021, superior al 2%, en otros gastos en suministros y servicios, cuando dicho
aumento sea consecuencia de la subida de los precios unitarios, siendo preciso, en aras
a no aumentar la deuda pública, su financiación con remanente de tesorería.
En ese sentido, las dos universidades públicas de Canarias se han dirigido al
Gobierno de Canarias manifestando la problemática indicada y solicitando la adopción,
con carácter urgente, de las medidas que se incorporan en el presente Decreto-ley para
atender las necesidades de financiación de tales instituciones, de manera que su normal
actividad docente e investigadora no se vea gravemente alterada.
Los cuellos de botella en la cadena de valor y la crisis energética, como se ha
indicado, han conllevado un aumento de los precios de la energía eléctrica y de otros
suministros y servicios que incide en el ejercicio de la actividad financiera de las
universidades públicas canarias, en la medida que no disponen de los créditos
suficientes en el capítulo II de gastos en bienes corrientes y servicios de los
presupuestos de 2022 para hacer frente al incremento de precios en las prestaciones
contratadas. Por ello es preciso que las universidades destinen su remanente de libre
disposición a financiar dichos incrementos de los precios en los contratos de suministro
de energía eléctrica y en otros suministros y servicios, permitiendo que por estas
circunstancias excepcionales presenten déficit o necesidad de financiación.
Procede reseñar que la Universidad de La Laguna (ULL) y la Universidad de Las
Palmas de Gran Canaria (ULPGC) se integran en el Subsector Administración Regional
(S.1312) de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con los criterios
establecidos en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión
Europea (SEC 2010), aprobado por el Reglamento (UE) número 549/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013. En consecuencia, las
universidades públicas canarias se incluyen en el cómputo del déficit y endeudamiento
público de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que esta última ha venido
regulando las condiciones a las que debe sujetarse la actividad financiera de las mismas
para preservar el cumplimento del principio de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera.

cve: BOE-A-2022-19628
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Núm. 284